EXTINCIÓN DE DOMINIO
EXTINCIÓN DE DOMINIO (LEY 1849 de 2017) – Funcionario competente: Juez Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio del lugar donde se ubica el bien. – AP3516-2019 – AP4103-2019 – AP4278-2019
EXTINCIÓN DE DOMINIO (LEY 1849 de 2017) – Funcionario competente: Juez Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio del lugar donde se encuentre registrado el bien, ante la ausencia de medida de secuestro. AP4917-2018
EXTINCIÓN DE DOMINIO (LEY 1849 de 2017) – Funcionario competente: Juez Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio del lugar donde se ubica el bien. AP4349-2018
EXTINCIÓN DE DOMINIO (LEY 1849 de 2017) – Juez competente: Juez Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio del lugar donde se ubica el bien, cuando haya bienes en distintos distritos judiciales, será competente el juez del distrito con mayor número de jueces de extinción de dominio. AP3480-2018