DECRETO 1227 DE 1982
(mayo 3)
por el cual se modifica el Decreto número 948 de 1982.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,
DECRETA:
Artículo 1° Modificase el artículo 1° del Decreto número 948 de 1982, en el sentido de que durante el propio día de las elecciones no podrán transmitirse por las estaciones de radiodifusión sonora ninguna clase de anuncios publicitarios de carácter político.
Artículo 2° Este Decreto rige desde su expedición
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 3 de mayo de 1982.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Gobierno, Jorge Mario Eastman. El Ministro de Defensa Nacional, General Luis Carlos Camacho Leyva. El Ministro de Cocunicaciones, Antonio Abello Roca.