DECRETO 1434 DE 1982

Decretos 1982

DECRETO 1434 DE 1982    

(mayo 22)    

     

por el  cual se reglamentan unas disposiciones de la Ley 28 de 1979.    

     

Nota 1:  Ver Decreto 1390 de 2010,  artículo 12.    

     

Nota 2:  Modificado por el Decreto 90 de 1994.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  la potestad reglamentaria que le confiere el artículo 120, ordinal 3° de la Constitución  Política,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1° El Registrador Nacional del Estado Civil, en  ejercicio de la facultad que le confieren los ordinales 74 y 17 del artículo 27  de la Ley 28 de 1979, podrá,  con aprobación de la Corte Electoral, reconocer y ordenar el pago a los  empleados de su ramo, de una. remuneración hasta del cincuenta por ciento (50%)  del sueldo básico mensual, por una sola vez en cada año electoral.    

     

Artículo 2° Este Decreto rige desde la fecha de su  expedición.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, a 22 de mayo de 1982.    

     

JULIO CESAR TURBAY AYALA    

     

El Ministro de Gobierno,    

Jorge  Mario Eastman.          

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