DECRETO 1496 DE 1982

Decretos 1982

DECRETO 1496  DE 1982    

(mayo 31)    

     

por el cual se aprueba un Acuerda del Comité Nacional de Cafeteros.    

     

El Presidente de la República de  Colombia, en uso de sus facultades legales,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1º. Apruébase el Acuerdo número 3 de marzo de  1982, del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:    

     

«ACUERDO NÚMERO 3 DE 1982    

     

(marzo 4)    

     

El Comité Nacional de Cafeteros, en  uso de sus atribuciones, y    

     

CONSIDERANDO.    

     

a) Que en virtud del   Decreto 2078 de 1940  y de las disposiciones que lo adicionan y lo reforman, el Gobierno y la  Federación celebraron el 11 de diciembre de 1940, un contrato sobre manejo del  Fondo Nacional del Café  e intervención en  Ios mercados cafeteros para el desarrollo del Convenio Interamericano sobre  cuotas de exportación; contrato que ha sido adicionado y complementado por  otros posteriores y de manera especial por el de diciembre 20 de 1978 sobre  prestación de servicios y administración y manejo del Fondo Nacional del Café,  celebrados entre Ias  mismas partes con el objeto de solucionar, de acuerdo con la experiencia  obtenida en el desarrollo del mismo, aquellos puntos que no se habían podido  prever originalmente a fin de darles desarrollo y cumplimiento a normal legales  y a disposiones de los Congresos Cafeteros;    

     

b) Que la Federación Nacional de  Cafeteros, con recursos del Fondo Nacional del Café, compró a la Flota Mercante  Grancolombiana, S. A., el 90% de las acciones que dicha Flota poseía en  Graneles Colombianos, S. A., GRANELCO, empresa especializada en el transporte  marítimo de los productos de exportación e importación desde y hacia Colombia;    

     

c) Que la Dirección de Marina  Mercante Colombiana exigió a Granelco, S. A., acreditar la propiedad de dos  buques como peso previo a la asignación de las rutas de Graneles, por lo cual los accionistas acordaron  venderle dichos buques;    

d) Que con la Flota Mercante  Grancolombiana se ha acordado vender a Granelco, S. A., en proporción a las acciones que el  Fondo y la Flota poseen en Granelco, la motonave “Guajira”  para cumplir con la exigencia de la Dirección de Marina Mercante Colombiana;    

     

e) Que en la presente sesión el señor  Ministro de Hacienda y Crédito Público ha expresado concepto favorable,    

     

ACUERDA:    

     

Artículo primero. Autorizar a la Federación  Nacional de Cafeteros para que el Fondo Nacional del Café y mediante la  cancelación de pagarés a cargo de la Flota Mercante Grancolombiana, S. A:, y a favor del Fondo, cuyo  vencimiento sea posterior a 1990, compre a dicha Flota el 90% de la matonave “Guajira”  por el valor proporcional al de adquisición, incrementado con los costos de  capital, financieros y preoperativos en que la Flota haya incurrido para su adquisición, menos la  depreciación por el tiempo transcurrido desde su compra hasta la fecha.    

     

Artículo segundo. Autorizar a la  Federación Nacional de Cafeteros para que por cuenta del Fondo Nacional del  Café venda a Granelca,  S. A., el 90% de la  motonave “Guajira”, por su valor comercial presente, determinado por  avalúo de expertos internacionales y le otorguen un plazo para su pago hasta de  7 años, sin cuota inicial y con intereses equivalentes al costo del dinero en  el mercado internacional, basado en la tasa Libor.    

     

Artículo tercero. Someter el presente  Acuerdo por conducto del señor Ministro de Hacienda, y Crédito Público a la  aprobación del señor Presidente de la República.    

     

Aprobado en Bogotá, D. E., a los cuatro (4) días del mes de marzo  de mil novecientos ochenta y dos (1982).    

     

El Presidente (Fdo.), Carlos Ospina Delgado.    

     

El Secretario (Fdo., José Fernando Jaramillo H.».    

     

Artículo 2º. Este Decreto rige desde  la fecha de su expedición.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 31 de mayo  de 1982.    

     

JULIO CESAR TURBAY AYALA    

     

El Ministro de Hacienda y Crédito  Público,    

Eduardo Wiesner Duran.          

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