DECRETO 1569 DE 1983
(mayo 27)
por el cual se aprueba una modificación a la Planta de Personal de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones —TELECOM—.
Nota: Derogado por el Decreto 1579 de 1987, artículo 2º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1″ Apruébase la Resolución número JD-013 del 22 de marzo de 1983 emanada de la Junta Directiva de La Empresa Nacional de Telecomunicaciones —TELECOM—, cuyo texto es el siguiente:
«RESOLUCION NÚMERO JD-013
por la cual se modifica la Resolución JD-022 de 1981 que determina la Planta de Personal de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones —TELECOM—.
La Junta Directiva de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias,
RESUELVE:
Artículo 1° Modificar la Resolución número JD-022 de 1981 que determina la Planta de Personal de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, así:
A) Suprimir los siguientes empleos:
ESCALA SALARIAL RDE-04.
N° empleos. — Nombre del cargo.
Nivel
Grupo
2 (dos) Asistente
II
3
ESCALA SALARIAL RDE-02.
N° empleos. — Nombre del cargo.
Nivel
Grupo
1 (un) Jefe Sección
III
24
1 (un) Analista Sistemas
II
22
10 (diez) Inspector
II
19
1 (un) Analista
II
19
1 (un) Instructor
II
18
8 (ocho) Inspector
I
16
2 (dos) Mecanógrafas
7
B) Crear los siguientes empleos:
ESCALA SALARIAL RDE-04.
N° empleos. — Nombre del cargo.
Nivel
Grupo
3 (tres) Jefe División
II
3
ESCALA SALARIAL RDE-02.
N° empleos. — Nombre del cargo.
Nivel
Grupo
9 (nueve) Inspector
III
22
2 (dos) Secretaria
II
10
ESCALA SALARIAL ETP-01.
N° empleos. — Nombre del cargo.
Nivel
Grupo
12 (doce) Profesional
Artículo 2° Los cargos suprimidos y creados en la presente resolución corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.
Artículo 3° El Presidente de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, distribuirá y determinará la sede de los cargos establecidos en la presente resolución, de conformidad con las necesidades del servicio.
Artículo 4° El personal ubicado en la Escala Salarial Técnico Profesional ETP-01, continuará rigiéndose por las normas reglamentarias vigentes,
Artículo 5° La presente resolución rige a partir de la fecha, modifica la Resolución JD-022 de 1981 y deroga la Resolución JD-062 de 1982 y demás disposiciones que le sean contrarias. Para su validez requiere aprobación mediante decreto del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. E., a 22 de marzo de 1983.
El Presidente de la Junta Directiva,
(Fdo.) Bernardo Ramírez Rodríguez
El Secretario de la Junta Directiva,
(Fdo.) Amparo Coronado de ordóñezâ
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica el Decreto 1506 del 8 de junio de 1981.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 27 de mayo de 1983.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Edgar Gutiérrez Castro. El Ministro de Comunicaciones, Bernardo Ramírez Rodríguez, La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Ericina Mendoza Saladén.