DECRETO 2209 DE 1982
(julio 26)
por el cual se dicta una disposición.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Destinase la suma de cinco mil quinientos pesos ($ 5.500.00) para atender los gastos que demande el proceso de documentación de colombianos acordado en el Acta de Quito que se suscribió el 6 de mayo de 1982.
Artículo 2° La suma señalada en el presente Decreto, se pagará con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con lo establecido en el Decreto número 142 de 1935 y se pondrá a disposición del doctor José María de Guzmán Noguera, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Colombia ante el Gobierno de Ecuador, quien deberá rendir cuenta detallada de los gastos efectuados a la Auditora de la Contraloría General de la República delegada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 26 de julio de 1982.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Carlos Lemos Simmonds.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Eduardo Wiesner Durán.