DECRETO 2215 DE 1982

Decretos 1982

DECRETO 2215  DE 1932    

(julio  26)    

     

por el cual se  delegan unas funciones presidenciales.    

     

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le  confiere el artículo   128 de la Constitución Política, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que  el Presidente de la República estará ausente del territorio nacional durante el  día 28 del presente mes de julio, con el fin de asistir en San Antonio del  Táchira, en unión del señor Presidente de la República de Venezuela, a la  colocación de la primera piedra del Parque Bolivariano de Unión  Colombo-Venezolana;    

     

Que  el Presidente ha dado el correspondiente aviso constitucional al honorable  Senado de la República,    

     

DECRETA:    

     

Artículo  primero. Conforme a lo dispuesto en el articulo   128 de la Constitución, y mientras  dure la ausencia del Presidente de la República, delegase en el Ministro de  Gobierno, al doctor Jorge Mario Eastman, en su calidad de Ministro Delegatario  de funciones presidenciales, las atribuciones consagradas en los numerales 3 y  7 del artículo   120 de la Constitución Política.    

     

El  Ministro Delegatario  ejercerá bajo su propia responsabilidad las funciones que por la presente norma  se le delegan.    

     

Artículo  segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.    

     

Comuníquese  y cúmplase,    

     

Dado  en Bogotá, a 26 de julio de 1982.    

     

JULIO  CESAR TURBAY AYALA    

     

El  Secretario General, Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia.,    

Manuel  S. Urueta Ayola.          

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