DECRETO 2631 DE 1983

Decretos 1983

DECRETO 2631  DE 1983

(septiembre 15)    

     

por el  cual se aprueba una modificación a los estatutos del Fondo Rotatorio del  Departamento Administrativo de Seguridad.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus  facultades legales, y en especial de las que le confiaren los Decretos   1050 y   3230 de 1968,    

     

DECRETA:    

     

Artículo primero. Apruébanse las modificaciones de los  Estatutos del Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de Seguridad,  adoptados por el Consejo Directivo de ese Organismo, cuyo texto es el  siguiente:    

     

«ACUERDO NÚMERO 006 DE 1983

(agosto 19)    

     

“Por el cual se modifican parcialmente los Estatutos  del Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de Seguridad”.    

     

El Consejo Directivo del Fondo Rotatorio del Departamento  Administrativo de Seguridad, en ejercicio de las funciones legales y en  especial de las que le confiere el literal b) del artículo 26 del   Decreto ley 1050  de 1968,    

     

ACUERDA:    

     

Artículo 1° Modificar los estatutos del Fondo Rotatorio  del Departamento Administrativo de Seguridad, aprobados mediante   Decreto  2462 del 7 de septiembre de 1961, en los términos que se establecen en los  artículos siguientes:    

     

Artículo 2° El artículo 20 de los Estatutos quedará así:    

     

Inhabilidades  e incompatibilidades. El Gerente y los miembros riel Consejo Directivo  del Fondo tendrán las inhabilidades o incompatibilidades y responsabilidades  contempladas en los Decretos   128 de 1976 y   222 de 1983.    

     

Artículo 3° El artículo 23 de los Estatutos quedará así en  su literal c): Emitir su concepto en compras o adquisiciones cuyo valor sea o  exceda de quinientos mil pesos ($ 500.000.00).    

     

Artículo 4° Derogar el artículo 29 del Acuerdo número 01  de 1981.    

     

Artículo 5° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha  de su aprobación por parte del Gobierno Nacional.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de agosto de 1983.    

     

El Presidente del Consejo,    

Brigadier General (r) Alvaro  Arenas Suárez.    

     

La Secretaria,    

Laura  Myriam Velasco Velasco».    

     

Artículo segundo. Este Decreto rige a partir de la fecha  de su expedición.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 15 de septiembre de 1983.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Jefe del Departamento Administrativo de Seguridad,    

Brigadier General (r) Alvaro  Arenas Suárez.          

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