DECRETO 277 DE 1982

Decretos 1982

DECRETO 277  DE 1982    

(enero 29)    

     

por el cual se fijan unas asignaciones en el Instituto  Nacional de Radio y Televisión-Inravisión-.    

     

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la   Ley 80 de 1981,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1º. A partir del 1º de enero de  1982 la remuneración mensual del empleo de Director General del Instituto  Nacional de Radio y Televisión será la correspondiente al 90% de la  remuneración mensual que por concepto de asignación básica y gastos de  representación devenguen los Ministros y Jefes de Departamento Administrativos.    

     

La remuneración del Secretario  General y de los Subdirectores será la correspondiente al 80% de la  remuneración mensual que por concepto de asignación básica y gastos de  representación devenguen los Ministros y Jefes de Departamento Administrativo.    

     

Artículo 2º. El cincuenta por ciento  (50%) de las remuneraciones mensuales de que trata el artículo anterior, tendrá  el carácter de gastos de representación.    

     

Artículo 3º. El presente Decreto rige  a partir de la fecha de su expedición, deroga las normas que le sean contrarias  y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1982.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a enero 29 de  1982.    

     

JULIO CESAR  TURBAY AYALA    

     

El Ministro de Hacienda y Crédito Publico, encargado,    

Javier Fernández Rivas    

     

El Ministro de Comunicaciones,    

Antonio Abello Roca    

     

La Jefe del Departamento  Administrativo del Servicio Civil,    

Laura  Ochoa de Ardila          

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