DECRETO 3262 DE 1983

Decretos 1983

DECRETO 3262  DE 1983

(noviembre 23)    

     

por el cual se dictan unas disposiciones  relacionadas con los giros del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones  exteriores con destino a las Misiones Diplomáticas y Consulares de la República  y a sus funcionarios.    

i    

El Presidente de la República  de Colombia, en uso de sus facultades legales,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1º. Los giros al Exterior que con cargo al presupuesto del  Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, se efectúen con  destino a las Misiones Diplomáticas y Consulares de la República o a sus  funcionarios, se harán en dólares de los Estados Unidos de América, y en ningún  caso habrá lugar a reconocimiento de suma alguna por concepto de tasa de  cambio.    

     

A los giros de que trata el  inciso anterior, no les serán aplicables las disposiciones del   Decreto número  300 de 1975, ni aquellas que lo aclaren, adicionen o modifiquen.    

     

Artículo 2º. Este Decreto rige  a partir de la fecha de su expedición.    

     

Comuníquese y publíquese.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 23 de  noviembre de 1983.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Ministro de Relaciones  Exteriores,    

Rodrigo Lloreda Caicedo.    

     

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público,    

Edgar Gutiérrez Castro.          

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