DECRETO 3812 DE 1982

Decretos 1982

DECRETO 3812  DE 1982    

(diciembre 30)    

     

por el cual se introducen unas modificaciones en el  Arancel de Aduanas    

     

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 120,  ordinal 22, y 205 de la Constitución Nacional, en desarrollo de lo previsto en  la   Ley 6ª de 1971 y oído  el concepto del Consejo Nacional de Política Aduanera.    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1° Fijase en 6% hasta  el 31 de diciembre de 1983, el gravamen ad-valorem para los gránulos de  poliéster cuando tengan un contenido de óxido de titanio inferior a 0.5% en  peso, clasificables por la posición 39.01.04.01 y sean importados como materia  prima por industrias productoras del sector textil.    

     

Artículo 2° El presente Decreto  rige a partir de la fecha de su expedición y se aplica desde el 1° de enero de  1983.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 30 de  diciembre de1982.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público.    

Edgar Gutierrez Castro.          

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