DECRETO 774 DE 1982

Decretos 1982

DECRETO 774  DE 1982    

(marzo 12)    

     

por el  cual se aprueba el Acuerdo número 004 del 11 de febrero de 1982, de la Junta  Directiva del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del  Ambiente, que crea la Dirección Regional Caquetá.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso di sus  facultades constitucionales y legales y en ejercicio de las que le confiere los  Decretos extraordinarios   1050,   2420 y   3130 de 1968,    

     

DECRETA:    

     

Artículo primero. Apruébase el Acuerdo número 004 del 11  de febrero de 1982, de la Junta Directiva del Instituto Nacional de los  Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, INDERENA, cuyo texto es el  siguiente:    

     

«ACUERDO NÚMERO 004 DE FEBRERO 11 DE 1982    

por el cual se crea la Dirección Regional Caquetá.    

     

La Junta Directiva del Instituto Nacional de los Recursos  Naturales Renovables y del Ambiente, INDERENA, en uso de sus facultades legales  y estatutarias,    

     

ACUERDA:    

     

Artículo primero. Créase en el Departamento del Caquetá la  Dirección Regional Caquetá, la cual tendrá su sede en la ciudad de Florencia.    

     

Artículo segundo. La Dirección Regional Caquetá que se  crea por el artículo anterior, se regirá para su organización y funcionamiento  por lo dispuesto en los artículos sesenta y seis al ochenta del Acuerdo número  40 del doce de noviembre de 1981, ratificado por   Decreto  número 72 del 15 de enero de 1982.    

     

Artículo tercero. La Dirección Regional Huila, Caquetá de  que habla el Acuerdo número 40 de 1981, se denominará Dirección Regional Huila,  con sede en la ciudad de Neiva, a partir de la vigencia de la presente norma.    

     

Artículo cuarto. El presente Acuerdo modifica y adiciona  el Acuerdo número 40 del 12 de noviembre de 1981 en la parte pertinente y rige  a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a los 11 días de febrero de 1982.    

     

(Fdo.) Francisco  Riascos Elías,    

Presidente Junta Directiva.    

     

(Fdo.) Cristo  Alvarez Luna,    

Secretario Junta Directiva»    

     

Artículo  segundo. El presente Decreto rige a partir di la fecha de su expedición.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D.E., a los 12 días de marzo de 1982.    

     

JULIO CESAR TURBAY AYALA    

     

El Ministro de Agricultura,    

Luis  Fernando Londoño Capurro.          

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