DECRETO 821 DE 1982

Decretos 1982

DECRETO 821  DE 1982    

(marzo 25)    

     

por el  cual se reglamenta el ascenso en el Escalafón Nacional de los docentes con  título de Maestro Rural y Maestro de Grado Elemental.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  sus facultades legales, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que el título de Maestro Rural y de Maestro de Grado  Elemental son títulos docentes autorizados por el Estado y reconocidos para  ascenso en el Escalafón por   Decreto  1135 del 7 de mayo de 1952;    

     

Que en tales condiciones los Maestros Rurales y los  Maestros de Grado Elemental, son titulados docentes y así deben reconocérceles  para efecto de ascenso en el escalafón.    

     

DECRETA:    

     

Artículo primero. A los educadores con título de Maestro  Rural y Maestros de Grado Elemental, expedido por instituciones con aprobación  oficial, se les tendrá en cuenta para ascenso en el Escalafón Nacional Docente,  en la misma forma establecida para los Bachilleres Pedagógicos.    

     

Artículo segundo. Este Decreto rige a partir de la fecha  de su expedición.    

     

Publíquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 25 de marzo de 1982.    

     

JULIO CESAR TURBAY AYALA    

     

El Ministro de Educación Nacional,    

Carlos  Albán Holguín.          

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