DECRETO 71 DE 2025

Decretos 2025

DECRETO 71 DE 2025

(enero 24)

D.O. 53.010, enero 25 de 2025

por medio del cual se modifica el artículo 1º del Decreto número 1464 de 2024, por el cual se convoca a nuevas elecciones para elegir Gobernador del departamento de Putumayo.

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en particular las conferidas por los artículos 303 y 304 de la Constitución Política, 66 de la Ley 4ª de 1913, 29 y 30 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011, 136 de la Ley 2200 de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que en las elecciones del pasado 29 de octubre de 2023, fue elegido Gobernador del departamento de Putumayo para el periodo 2024-2027 el señor Carlos Andrés Marroquín Luna, identificado con cédula de ciudadanía número 1124848005, inscrito por la coalición política y programática denominada “Somos la Fuerza de la Gente”, conformada entre: Unión por la Gente (Partido de la U) y el Partido Fuerza de la Paz, según consta en el Formulario E-6 GO, proferido por el Consejo Nacional Electoral.

Que mediante sentencia de única instancia del 26 de septiembre de 2024, emitida por la Sala de Decisión de la Sección Quinta del Consejo de Estado dentro del proceso electoral tramitado bajo el radicado número 11001-03-28-000-2023-00121-00, resolvió: “DECLARAR LA NULIDAD de la elección de Carlos Andrés Marroquín Luna, como Gobernador del Putumayo, contenida en el formulario E-26 GOB del 5 de noviembre del 2023”.

Que mediante el Decreto número 1427 de 27 de noviembre de 2024, en virtud de la vacancia absoluta del cargo de Gobernador del departamento de Putumayo y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 2200 de 2022, por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los departamentos, se encargó como Gobernador al señor José Alfonso Granados Santos, identificado con cédula de ciudadanía número 13499548, quien tomó posesión ante el Presidente de la Asamblea Departamental del Putumayo el 2 de diciembre de 2024.

Que mediante Decreto número 1563 del 24 de diciembre de 2024 se corrigieron errores formales de digitación en el Decreto número 1464 del 10 de diciembre de 2024, por el cual se convoca a nuevas elecciones para elegir Gobernador del departamento de Putumayo.

Que el inciso tercero del artículo 303 de la Constitución Política establece que “Siempre que se presente falta absoluta a más de dieciocho (18) meses de la terminación del periodo, se elegirá Gobernador para el tiempo que reste. (…)”.

Que la Ley Estatutaria 1475 de 2011, en su artículo 30 establece “(…) En los casos de nueva elección o de elección complementaria para el resto del periodo de cargos y corporaciones de elección popular, el periodo de inscripción durará quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de la convocatoria a nuevas elecciones (…).

Parágrafo. En los casos de nueva elección o de elección complementaria, la respectiva votación se hará cuarenta (40) días calendario después de la fecha de cierre de la inscripción de candidatos. Si la fecha de esta votación no correspondiere a día domingo, la misma se realizará el domingo inmediatamente siguiente”.

Que el artículo 136 de la Ley 2200 de 2022 dispone “En caso de falta absoluta del Gobernador se aplicará el Decreto número 2241 de 1986 o las normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan”.

Que mediante el Decreto número 1464 del 10 de diciembre de 2024, por el cual se convoca a nuevas elecciones para elegir Gobernador del departamento de Putumayo, se convocó a nuevas elecciones para elegir Gobernador del departamento del Putumayo, por lo que resta del periodo Constitucional 2024-2027, para el domingo 9 de febrero de 2025.

Que mediante Resolución número 14234 del 10 de diciembre de 2024 la Registraduría Nacional del Estado Civil fijó el calendario electoral para la nueva elección de Gobernador en el departamento de Putumayo.

Que la Registraduría Nacional del Estado Civil mediante oficio RDE-193 de 11 de diciembre de 2024, informó al Ministerio del Interior que en virtud de la circular externa número 034 del 14 de noviembre de 2024 expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, no cuenta con los recursos necesarios para adelantar la logística que requiere el proceso de elección del Gobernador del departamento de Putumayo.

Que la Registraduría Nacional del Estado Civil mediante oficio RDE-03 de 14 de enero de 2025, solicitó al Ministerio del Interior suspender los efectos del Decreto número 1464 de 10 de diciembre de 2024, por el cual se convoca a nuevas elecciones para elegir Gobernador del departamento de Putumayo, dado que no cuenta con la asignación presupuestal para la contratación de bienes y servicios requeridos para la organización de la elección del Gobernador del departamento de Putumayo, convocadas para el día 9 de febrero de 2025.

Que mediante radicado 1-2025-004414 el Director Nacional de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público informó al Registrador Nacional del Estado Civil, Dr. Hernán Penagos Giraldo, la aprobación de operación presupuestal de traslado contenida en la Resolución número 454 del 17 de enero de 2025 con el fin de que la entidad pueda realizar los procesos electorales atípicos de elección de Gobernador del departamento de Putumayo.

Que en el marco del Comité de Seguimiento Electoral en el orden departamental de Putumayo, adelantado el 20 de enero de 2025, se acordó que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público realizaría el traslado presupuestal a la Registraduría Nacional del Estado Civil y se determinó que las elecciones se adelantarían el día 23 de febrero de 2025.

Que mediante oficio radicado OFI25-00008015/ GFPU 14000000 del 21 de enero de 2025 la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República puso en conocimiento al Ministerio del Interior la comunicación por medio de la cual le fue informado al Registrador Nacional del Estado Civil la disponibilidad de los recursos presupuestales para adelantar las elecciones en el departamento de Putumayo, por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Que teniendo en cuenta los procesos contractuales que deben adelantarse previamente para llevar a cabo el ejercicio electoral, se torna procedente la modificación de la fecha que convocó a elecciones para elegir Gobernador para el departamento de Putumayo.

Que en aras de no desconocer los derechos adquiridos por los ciudadanos, las actividades del calendario electoral establecidas en la Resolución número 14234 de 10 de diciembre de 2024 proferida por el Director de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, adelantadas hasta la fecha de la expedición del presente decreto, permanecen incólumes y sin variación, dándose continuidad a estas de acuerdo con la nueva fecha de la elección.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°. Modificación. Modifíquese el artículo 1º del Decreto número 1464 del 10 de diciembre de 2024, corregido mediante el Decreto número 1563 del 24 de diciembre de 2024, el cual quedará así:

Artículo 1°. Convocatoria a elecciones. Convocar a nuevas elecciones para elegir Gobernador del departamento de Putumayo, por lo que resta del periodo constitucional 2024-2027, para el domingo 23 de febrero de 2025, en los términos establecidos en el artículo 30 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011 y en concordancia con lo dispuesto en el artículo 136 de Ley 2200 de 2022, de conformidad con lo señalado en la parte motiva del presente decreto”.

Artículo 2°. Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto al doctor José Alfonso Granados Santos, Gobernador encargado del departamento de Putumayo; a la Sala de Decisión de la Sección Quinta del Consejo de Estado; a la Registraduría Nacional del Estado Civil; al Consejo Nacional Electoral y a la Asamblea Departamental de Putumayo, para lo pertinente.

Artículo 3°. Vigencia. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación y las actividades ya surtidas del calendario electoral establecidas en la Resolución número 14234 del 10 de diciembre de 2024, permanecen, incólumes y surten plenos efectos jurídicos.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 24 de enero de 2025.

GUSTAVO PETRO URREGO

El Ministro del Interior,

Juan Fernando Cristo Bustos.

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