DECRETO 1528 DE 1981
(junio 13)
por el cual se prorroga la Campaña Nacional de Educación de Adultos “Simón Bolívar”:
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 12 del artículo 120 de la Constitución, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto número 2346 del año de 1980, el Gobierno Nacional ordenó la realización de la Campaña Nacional de Alfabetización “Simón Bolívar” por el término de un año;
Que mediante el Decreto número 3456 de 1980 el Gobierno Nacional estableció estímulos necesarios para el desarrollo de dicha Campaña;
Que uno de los objetivos sociales del Plan de Integración Nacional, es precisamente el de mejorar la educación de los sectores más desprotegidos;
Que constituye una obligación del Estado el facilitar la incorporación de vastos núcleos humanos al desarrollo cultural, económicos, social y político del país;
Que el Plan de Alfabetización masiva conseguirá dinamizar las grandes fuerzas sociales a fin de mejorar su participación en la vida democrática;
Que en vista de la trascendencia del Programa de Alfabetización y el respaldo nacional que está obteniendo, se hace necesario extender el período de la Campaña.
DECRETA:
Artículo 1º. Prorrogar la Campaña Nacional de Alfabetización “Simón Bolívar”, hasta el 7 de agosto de 1982.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Cucuta, a 13 de junio de 1981.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Educación Nacional,
Carlos Albán Holguín.