DECRETO 283 DE 1982
(enero 29)
por el cual se modifica la remuneración de los empleos técnico-cientificos del Centro Interamericano de Fotointerpretación CIAF.
Nota: Derogado por el Decreto 290 de 1983, artículo 3º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 80 de 1981,
DECRETA:
Artículo 1º. Para efectos de fijar la remuneración mensual de los empleos técnico-científicos del Centro Interamericano de Fotointerpretación-CIAF-,. el valor del punto será de doscientos sesenta pesos ($ 260) moneda corriente.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Decreto extraordinario 288 del 10 de febrero de 1981 y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1982.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a enero 29 de 1982.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,
Javier Fernádez Rivas
El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
Enrique Vargas Ramírez
La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Laura Ochoa de Ardila