DECRETO 3161 DE 1982.
(noviembre 5)
por el cual se prorroga la Compañía Nacional de Educación de Adultos “Simón Bolívar”.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 12 del artículo 120 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto 2346 de 1980 se adoptó la Campaña de Alfabetización de Adultos “Simón Bolívar” por el término de un año;
Que por Decreto 1528 de 1981 se prorrogó la campaña hasta el 7 de agosto de 1982.
Que es propietario nacional erradicar el analfabetismo del territorio colombiano, que, es, igualmente, uno de los objetivos de la Campaña de instrucción Nacional, CAMINA;
Que el Gobierno ha definido estrategias y proporcionará sistemas y recursos para que cinco millones de iletrados aprendan a leer y escribir, de modo que puedan avanzar con dignidad como seres humanos e integrarse a los procesos de desarrollo social y económico del país;
Que la educación y capacitación como pasos centrales del desarrollo e integración de Colombia, son Ios objetivos de la Campaña de Instrucción Nacional, CAMINA;
Que mientras se termina la organización la Campaña de Instrucción Nacional, CAMlNA, se hace necesario extender el período de la Campaña de Alfabetización de Adultos “Simón Bolívar”.
DECRETA:
Artículo primero. Prorrogar la Campaña Nacional de Alfabetización de Adultos ”Simón Bolívar” hasta el 31 de diciembre de 1982.
Artículo Segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y Cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 5 de noviembre de 1982.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Educación Nacional,
Jaime Arias