DECRETO 3444 DE 1983
(diciembre 15)
por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2396 de 1954.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Incorpórase la siguiente modificación del-Consejo de la Orden de Boyacá, artículo 1° El Consejo de la Orden de Boyacá estará constituido por el Presidente de la República, o su delegado, por los Ministros de Relaciones Exteriores y de Defensa o sus delegados, y por el Director General del Protocolo, Canciller de la Orden, quien actuará como Secretario de este Consejo. Los Miembros de las Comisiones Asesoras de los Ministerios de Relaciones Exteriores y Defensa servirán de órgano consultivo a la Orden, en caso necesario.
Artículo 2° El artículo 2° quedará así: El Presidente de la República es Gran Maestre de la Orden. El Ministro de Relaciones Exteriores es el Gran Canciller de la misma; los ex Presidentes de la República son Miembros Beneméritos.
Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase
Dado en Bogotá, a 15 de diciembre de 1983.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Rodrigo Lloreda Caicedo.