DECRETO 1276 DE 1982

Decretos 1982

DECRETO 1276  DE 1982    

(mayo 3)    

     

por el  cual se modifica el   Decreto  número 3509 de diciembre 10 de 1981.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  sus facultades legales, y    

     

CONSIDERANDO    

     

que por   Decreto número  1054 de 1981 se designó Ministro ad hoc de Hacienda y Crédito Público, al  Jefe del Departamento Nacional de Planeación, doctor Federico Nieto Tafur, para  los casos en que se autorice al Ministro titular para “garantizar,  negociar o suscribir” empréstitos externos a nombre del Gobierno Nacional,    

     

DECRETA:    

     

Artículo primero. El artículo primero del   Decreto  número 3509 de diciembre 10 de 1981 quedará así: “Autorízase al  Ministro de Hacienda y Crédito Público para gestionar, a nombre del Gobierno  Nacional, un crédito externo hasta por el equivalente en dólares u otras  monedas extranjeras de seis millones ochocientos mil (6.800.000) Derechos  Especiales de Giro (DEG), con un plazo mínimo contado a partir de la fecha de  firma del contrato de préstamo de veinte (20) años, incluido un período de  gracia mínimo de cinco (5) años, para su total amortización e interés máximo de  cuatro por ciento (4%) anual sobre saldos deudores y demás gastos y comisiones  propios de esta clase de operaciones. Los recursos provenientes de este empréstito  se destinarán a financiar el Proyecto Arauca, Fase II, el cual será ejecutado  por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, INCORA”.    

     

Artículo segundo. Este Decreto rige a partir de la fecha  de su expedición.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 3 de mayo de 1982.    

     

JULIO CESAR TURBAY AYALA    

     

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación, Ministro,  ad hoc de Hacienda y Crédito Público,    

Federico  Nieto Tafur.          

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