DECRETO 1631 DE 1982

Decretos 1982

DECRETO 1631  DE 1982    

(junio) 2)    

     

por el cual se aprueba el   Decreto  número 00464 de 26 de mayo de 1982, originario del Departamento del  Caquetá.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por el artículo 87 de  la Ley 28 de.1979    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1º. Apruébase el   Decreto número.0464 de mayo 26 de 1982  originario del Departamento de Caquetá cuyo texto es:    

     

“DECRETO  NÚMERO 00464 DE 1982    

     

(mayo 26)    

     

por medio del cual se difieren los comicios electorales en  algunas Inspecciones de Policía del Departamento del Caquetá.    

     

El Gobernador del Caquetá, en uso de sus atribuciones Iegales, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que el Artículo 87 de  la Ley 28 de1879 prevé las causales por las cuales se puede diferir las elecciones;    

     

Que en las Inspecciones de Policía de  Remolino y San Guillermo, jurisdicción del Municipio de Florencia y Aletones,  jurisdicción del Municipio de  Belén des los Andaquíes, se tipifican  las circunstancias previstas en el artículo 87 de la   Ley 28 de 1979.    

     

DECRETA:    

     

Artículo primero.  Difíerense los Comicios Electorales en las Inspecciones de Policía  de Remolino y San Guillermo, jurisdicción del Municipio de Florencia y Aletones  del Municipio de Belén de los Andaquíes, del  Departamento del Caquetá.    

     

Artículo segundo. Infórmese lo  pertinente a los Delegados de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y a  las autoridades competentes.    

     

Artículo tercero. El  presente Decreto rige a partir  de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Florencia, Departamento del Caquetá (Firmado Ingeniero  Nelson Oviedo Plaza, Secretario de Gobierno Departamental”    

     

Artículo 2º. El presente  Decreto rige a partir de la fecha de  su expedición.    

     

Comuníquese y Cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 2 de junio de 1982.    

     

JULIO CESAR TURBAY AYALA    

     

El Ministro de Gobierno,    

Jorge  Mario Eastman.          

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