DECRETO 1749 DE 1981
(Julio 6)
por el cual se adiciona el presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1981 en la cantidad de $150.000.000.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al Contrato número 413 del 1º de septiembre de 1960, celebrado entre el Fondo Vial Nacional y el Instituto de Desarrollo Urbana IDU-., éste aportará al Fondo Vial la suma de cincuenta millones de pesos ($ 50.000:000) moneda corriente, con el objeto de adelantar la construcción de un carril adicional en cada una de las calzadas centrales de la Autopista Norte entre el Puente de la calle 92 y el Tercer Puente;
Que de acuerdo al contrato número 414 del 1º de septiembre de 1980, celebrado entre el Fondo Vial Nacional y el Instituto de Desarrollo Urbano -IDU-, este aportará al Fondo Vial la suma de cien millones de pesos ($ 100.000.000) moneda corriente, con el objeto de ejecutar la construcción de dos (2) calzadas y obras complementarias en la Autopista “El dorado”;
Que por tratarse de fondos con destinación específica, la partidas mencionadas en los dos primeros considerandos, se deben incorporar al presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia;
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios,
DECRETA:
Artículo 1º. Adiciónase el presupuesto de Ingresos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1981, en la cantidad de ciento cincuenta millones de pesos ($150.000.000) moneda corriente, según el siguiente detalle:
PRESUPUESTO DE INGRESOS
Otros recursos
Numeral 13. Aportes del Instituto de Desarrollo – Urbano -I-DU- de conformidad con Ios contratos números 413 y 414 del 1º de septiembre de 1980
$ 150.000 000
Suman los Ingresos
$ 150.000.000
Artículo 2º. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia de 1981, en la suma de ciento cincuenta millones de pesos ($ 150.000.000) moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución:
PRESUPUESTO DE GASTOS
Inversión directa
Programa 06
Construcción y reconstrucción de accesos a ciudades y obras civiles
Artículo 06. Accesos a ciudades y obras civiles
$ 100.000.000
Proyecto 11. Avenida El dorado. Bogotá
100.000.000
Total Programa 06
$ 100.000.000
Programa 09
Conservación, adiciones y mejoras en las Carreteras nacionales
Artículo 28. Conservación y Administración Delegada en Vías con Peaje
$ 50.000.000
Proyecto 20. Los Héroes-La Caro-Chiquinquirá
50.000.000
Total Programa 09
$ 50.000.000
Suman los gastos
$ 150.000.000
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese,
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de Julio de 1981.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Eduardo Wiesner Durán
El Ministro de Obras Publicas y Transporte,
Enrique Vargas Ramírez