DECRETO 0019 DE 1981
(enero 13 DE 1981)
Por medio del cual se modifica el gravamen arancelario para algunas posiciones del Arancel de Aduanas.
* Nota de Vigencia*
Derogado parcialmente por el Decreto 202 de 1982.
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere la Ley 6ª de 1971 y oído el concepto previo del Consejo Nacional de Política Aduanera,
DECRETA
Articulo 1 Señálase los siguientes gravámenes arancelarios alas posiciones del Arancel de Aduanas que a continuación se indica:
Posición Gravamen %
11.07.01.00 15
41.02.01.99 20
Artículo 2. *Derogado por el Decreto 202 de 1982*
* Nota de Vigencia*
Derogado parcialmente por el Decreto 202 de 1982.
*Texto Original del Decreto 0019 de 1981*
Artículo 2 Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1981 la vigencia de los aranceles que a continuación se indica:
Posición Gravamen
04.05.01.11 2
10.03.89.00 9
28.01.00.02 1
28.17.01.02 1
28.17.01:99 1
29.01.03.02 1
29.02.01.07 1
29.02.02.01 1
29.13.02.04 1
41.01.01.00 1
41.01.02.00 1
Artículo 3. Modificase el artículo 1º en lo referente a los gravámenes de las posiciones 04.05.01.11, 10.1 3.89.00, 11.01:01.00, 41.01.01;00, 41.01.02:00 y 41.02.01.99, y derógase el artículo 21 del Decreto 0895 de 1980.
Artículo 4. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y Cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 13 de enero de 1981.
JULIO CESAR TURBAY YALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jaime García Parra.