DECRETO 1913 DE 1983

Decretos 1983

DECRETO 1913  DE 1983

(julio 6)    

     

por el cual se derogan unas concesiones otorgadas por Colombia en el  marco de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso  de sus facultades constitucionales y en desarrollo de las Leyes   ª. de 1971 y  45 de 1981, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que el Congreso de Colombia, por   Ley 45 de mayo de  1981 aprobó el Tratado de Montevideo, de agosto 12 de 1980, por medio del  cual se creo la Asociación Latinoamericana de Integración, ALADI, que sustituye  el Tratado de Montevideo de 1960 que instituyó la Asociación Latinoamericana de  Libre Comercio, ALALC;    

     

Que mediante la Resolución número 1 del 12 de  agosto de 1980, que es un instrumento jurídico que forma parte del Tratado de  Montevideo de 1980, el Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de las  Partes Contratantes, determinó la adecuación de los acuerdos de complementación  de la ALALC a la nueva modalidad de los acuerdos comerciales previstos en la  ALADI;    

     

Que el país suscribió Ios acuerdos de  complementación números 5 y 6 referentes a los sectores Químico y Petroquímico,  respectivamente;    

     

Que Colombia, en desarrollo de la mencionada  Resolución número 1 consideró inoportuna su participación en la adecuación por  los mencionados acuerdos debido al alto costo económico y poco aprovechamiento  de los beneficios inicialmente acordados, con lo cual extinguió las concesiones  otorgadas en los acuerdos de complementación, y    

     

Que el Consejo Nacional de Política Aduanera ha  emitido concepto favorable para la expedición de este Decreto,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1º. Deróganse los Decretos   2034 de 1968 y   129 de 1969  referentes a los acuerdos de complementación números 5 y 6 negociados en el marco  de la ALALC, pertenecientes a los sectores Químico y Petroquímico.    

     

Artículo 2º. Este Decreto rige desde la fecha de su  expedición.    

     

Publíquese y cúmplase.    

     

Dada en Bogotá, D. E., a 6 de julio de 1983.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Ministro de Relaciones Exteriores,    

Rodrigo  lloreda Caicedo,    

     

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Edgar  Gutiérrez Castro.    

     

El Ministra de Desarrollo Económico,    

Roberto  Gerlein Echeverría.          

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