DECRETO 2065 DE 1982

Decretos 1982

DECRETO 2065 DE 1982    

(Julio  16)    

     

por  el cual se distribuye un negocio.    

     

Nota: Derogado  por el Decreto 870 de 1989,  artículo 18.    

     

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le  confiere el artículo 132 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

     

     

Artículo  1° Asígnase, al Ministerio de Gobierno la ejecución del presupuesto del  Congreso Nacional con las funciones que dicha ejecución lleva implícita, con  excepción de la facultad nominadora prevista en el numeral 5° del artículo 1fl3 de la Constitución Política.    

     

La  función contractual la ejercerá el Ministro de Gobierno en los términos de la  delegación presidencial vigente.    

     

Articulo  2° Este Decreto rige desde la fecha de su promulgación,    

     

Publíquese  y cúmplase.    

     

Dado  en Bogotá, a 16 de julio de 1982.    

     

JULIO  CESAR TURBAY AYALA    

     

El  Ministro de Gobierno,    

Jorge  Mario Eastman.    

     

El  Ministro de Hacienda r Crédito Público,    

Eduardo Wiesner Durán.          

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