DECRETO 237 DE 1982
(enero 22)
por el cual se modifica el parágrafo 1º del artículo 1° del Decreto número 730 del 27 de marzo de 1980.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le otorga el numeral 3º del artículo 120 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional por medio del Decreto número 730 de 1980, reglamentó el artículo 61 de la Ley 1ª de 1945, fijando para el personal de colonos de los programas de colonización de las Fuerzas Militares, una subvención mensual equivalente al salario mínimo que rija para el sector rural;
Que el tiempo máximo de suministro de esta subvención fue fijado en el término de un (1) año;
Que con el fin de incentivar y fortalecer los programas de colonización, se hace necesario aumentar el término fijado en el Decreto 730 de 1980, por considerarse que el personal de colonos solamente alcanza un mediano rendimiento económico de su parcela, después de dos (2) años de trabajo;
Que el artículo 61 de la Ley 1ª de 1945 permite fijar un nuevo término, ya que el tiempo allí determinado, se refiere al mínimo que puede suministrarse,
DECRETA:
Artículo 1º. La subvención mensual para el personal de colonos de que trata el artículo 1º del Decreto número 730 del 27 de marzo de 1980, se suministrará por un término hasta de dos (2) años.
Articulo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 22 de enero de 1982.
JULIO CESAR TURRAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Eduardo Wiesner Durán.
El Ministro de Defensa. Nacional,
General Luis Carlos Camacho Leyva