DECRETO 251 DE 1982

Decretos 1982

DECRETO 251  DE 1982    

(enero  22)    

     

por el cual se dictan  normas sobre remuneración del trabajo ordinario en días dominicales y festivos  para algunos empleados del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades  extraordinarias que le confiaré la   Ley 80 de 1981,    

     

DECRETA:    

     

Artículo  1º. Los empleados del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil que  pertenezcan al sector técnico aeronáutico o al nivel operativo, hasta el grado  16 del nivel administrativo y hasta el grado 09 del nivel técnico del sector  administrativo, que por necesidades exclusivas del servicio deban laborar  habitual y permanentemente en días dominicales y festivos, de conformidad con  lo dispuesto en el artículo 39 del   Decreto  extraordinario 1042 de 1978, tendrán derecho a una remuneración equivalente  al triple del valor de un día de trabajo por cada dominical y festivo laborado,  cuando no hayan disfrutado de un día de descanso compensatoria, sin perjuicio de  la remuneración ordinaria a que tengan derecho por haber laborado el mes  completo.    

     

Los  incrementos de salario a que se refieren los Decretos extraordinarios   1042 y   1310 de 1978 y  las normas que los modifican o adicionan, se tendrán en cuenta para liquidar el trabajo  ordinario en días dominicales y festivos.    

     

Artículo  2º. El presente Decreto rige a partir de la flecha de su expedición y deroga  las disposiciones que le sean contrarias.    

     

Comuníquese  y cúmplase.    

     

Dado  en Bogotá, D. E., a enero 22 de 1982.    

     

JULIO  CESAR TURBAY AYALA    

     

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Eduardo Wiesner Durán    

     

El  Jefe del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil,    

Alvaro Uribe Vélez    

     

La  Jefa del Departamento Administrativo del Servicio Civil,    

Laura Ochoa de Ardila          

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *