DECRETO 252 DE 1982
(enero 22)
por el cual se fijan unas asignaciones en la Administración Postal Nacional.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 80 de 1981,
DECRETA:
Artículo 1º. A partir del 1º de enero de 1982 la remuneración mensual del empleo de Director General de la Administración Postal Nacional, será la correspondiente al 90% de la remuneración mensual que por concepto de asignación básica y gastos de representación, devenguen los Ministros y Jefes de Departamento Administrativo.
La remuneración del Secretario General y de los Subdirectores será la correspondiente al 80% de la remuneración mensual que por concepto de asignación básica y gastos de representación devenguen los Ministros y Jefes de Departamento Administrativo.
La remuneración del Consejero de la Dirección General será la correspondiente al 70% de la remuneración mensual que por concepto de asignación básica y gastos de representación devenguen los Ministros y Jefes de Departamento Administrativo.
Artículo 2º. El cincuenta por ciento (50%) de la remuneración mensual de que trata el artículo anterior, tendrá el carácter de gastos de representación.
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir del 1º de enero de 1982, deroga las normas que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1982.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a enero 22 de 1982.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Eduardo Wiesner Durán
El Ministro de Comunicaciones,
Antonio Abello Roca
La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio civil,
Laura Ochoa de Ardila,