DECRETO 252 DE 1981
(febrero 4 de 1981)
por el cual se aprueba, con modificaciones, el Acuerdo número 002 de noviembre 11 de 1980, expedido por el Consejo Intendencial de Casanare, que se fija el presupuesto de rentas y gastos de la Intendencia para el período fiscal de 1981.
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en usó de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 6° de la Constitución y el Decreto 1926 de 1975, artículo 9°, parágrafo único,
DECRETA
Artículo 1. Apruébase, con modificaciones, el Acuerdo número 002 de noviembre 11 de 1980, expedido por el Consejo Intendencial de Casanare, por el cual se fija el presupuesto de rentas y gastos de la Intendencia, para el período comprendido entre el primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981).
«ACUERDO NÚMERO 002 DE 1980
(noviembre 11)
por el cual se fija el presupuesto de rentas y gastos de la Intendencia Nacional de Casanare, para la vigencia fiscal comprendida entre el primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981).
El Consejo Intendencial de Casanare, en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el literal c), del artículo 9°, del Decreto 1926 de 1975,
ACUERDA:
Artículo primero. Fíjanse los cómputos del presupuesto de rentas e ingresos del Tesoro Intendencial para la vigencia fiscal del primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981), en la suma de ciento veintiséis millones ciento cincuenta y siete mil ocho pesos ($ 126.157.008.00) moneda corirente, según los pormenores siguientes:
PRIMERA PARTE
Prepuesto de Rentas e Ingresos.
CAPITULO I
Ingresos Corrientes
126.157.003
Ingresos tributarios
104.385.000
A)
Impuestos directos
3.010.000
01 Registro y anotaciones
2.600.000
02 Circulación y Tránsito
410.000
B)
Impuestos indirectos
101.375.000
05 Tabaco y cigarrillos
20.000.000
06 Cervezas
60.000.000
07 Degüello
200.000
09 Cigarrillos extranjeros
3.000.000
10 Licores y vinos extranjeros
610.000
11 Licores y vinos nacionales
17.500.000
13 Billetes, rifas y apuestas
65.000
Ingresos no tributarios
21.772.003
A)
Tasas y venta de servicios
10.500.000
22 Alquiler de maquinaria
8.000.000
23 Alquiler de avioneta
2.500.000
B)
Rentas ocasionales
1.800.000
27 Aprovechamientos
1.800.000
C)
Rentas contractuales
72.000
32 Arrendamiento
72.000
D)
Aportes, auxilios y participaciones
9.400.003
37 Cánones superficiarios de arrendamiento
1
38 Participación regalías petrolíferas
4.500.000
39 Participación nacional consumo gasolina y ACPM
2.400.000
44 Participación caminos vecinales
2.500.000
43 Contrato DAINCO
1
41 Transferencias FER
1
CAPITULO II
Recursos de Capital
5
Recursos del Balance del Tesoro
5
A)
Saldo vigencias expiradas
3
51 Fondos comunes
1
52 Auxilios aportes especiales
1
53 Superávit
1
B)
Recursos del crédito
2
56 Crédito interno
1
57 Crédito externo
1
Total presupuesto de rentas e ingresos
126.157.008
SEGUNDA PARTE
Presupuesto de Gastos
Artículo segundo. Aprópiase, para atender los gastos de la lntendencia Nacional de Casanare, durante la vigencia fiscal del primero (1°) de enero al treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981), una suma igual a la del cálculo de las rentas e ingresos del Tesoro de la Intendencia, determinado en el artículo anterior por valor de ciento veintiséis millones ciento cincuenta y siete mil ocho pesos ($ 126.157.008) moneda corriente, distribuida así:
CAPITULO III
Gastos de Funcionamiento.
A. Servicios personales
52.724.535
B. Gastos generales
17.996.000
C. Transferencias
18.596.342
D. Servicio de la deuda
101
Total
89.316.978
Consejo Intendencial.
A)
Servicios personales
325.600
1 Dietas
264.000
2 Sueldo personal de nómina (2½ meses)
46.500
3 Gastos de representación
12.000
6 Prima de Navidad
3.100
B)
Gastos Generales
131.000
17 Viáticos y gastos de viaje
100.000
18 Servicio de comunicaciones
6.000
20 Materiales y suministros
25.000
Total Consejo Intendencial
456.600
Despacho Intendencial.
A)
Servicios personales
3.984.600
2 Sueldo personal de nómina
2.965.200
3 Gastos de representación
312.000
5 Honorarios
80.000
6 Prima de Navidad
278.900
7 Prima técnica
69.600
10 Prima de vacaciones
139.450
1 Prima semestral
139.450
B)
Gastos generales
2.715.000
15 Mantenimiento y aseguros
110.000
15-1. Mantenimiento avioneta
1.200.000
16 Compra de equipo
420.000
17 Viáticos y gastos de viaje
400.000
18 Servicio de comunicaciones
100.000
20 Materiales y suministros
300.000
21 Impresos y publicaciones
60.000
23 Gastos varios e imprevistos
25.000
24 Gastos especiales
100.000
Total Despacho Intendencial
6.699.600
Secretaría de Gobierno.
A)
Servicios personales
3.232.600
2 Sueldo personal de nómina
2.590.800
3 Gastos de representación
144.000
6 Prima de navidad
227.900
7 Prima técnica
42.000
10 Prima de vacaciones
113.950
11 Prima semestral
113.950
B)
Gastos generales
2.820.000
15 Mantenimiento y aseguros
280.000
16 Compra de equipo
750.000
17 Avalúos y gastos de viaje
900.000
18 Servicio de comunicaciones
65.000
20 Materiales y suministros
800.000
23 Gastos varios e imprevistos
25.000
C)
Transferencias
1.760.000
33 Raciones traslados de presos
60.000
35 Gastos protección indígena
200.000
36 Servicios Policía
250.000
40 Auxilio sostenimiento DAS
250.000
59 Auxilio Oficinas Promotoras
150.000
60 Auxilio Defensa Civil
150.000
61 Auxilio Bomberos Voluntarios Yopal
700.000
Sección Alcaldía Corregimientos e Inspecicones de Policía.
A)
Servicios personales
11.806.200
2 Sueldos personal de nómina
10.119.600
6 Prima de Navidad
843.300
10 Prima de vacaciones
421.650
11 Prima semestral
421.650
Total Secretaría de Gobierno
19.618.800
Secretaría de Hacienda.
A)
Servicios personales
8.284.000
2 Sueldo personal de nómina
6.846.000
3 Gastos de representación
144.000
6 Prima de Navidad
586.000
7 Prima técnica
42.000
8 Vacaciones remuneradas
40.000
9 Reconocimiento por entrega de oficina
40.000
10 Prima de vacaciones
293.000
11 Prima semestral
293.000
B)
Gastos generales
3.875.000
15 Mantenimiento y aseguros
300.000
16 Compra de equipo
600.000
17 Viáticos y gastos de viaje
600.000
18 Servicio de comunicaciones
40.000
19 Servicios públicos
60.000
20 Materiales y suministros
700.000
21 Impresos y publicaciones
400.000
22 Arrendamientos
1.000.000
23 Gastos varios e imprevistos
25.000
26 Reconocimiento póliza de manejo
150.000
C)
Transferencias
16.836.342
30 Giros a municipios y corregimientos por participación en rentas 30%
6.056.250
31 Aportes a Caja de Previsión Social, 8%
3.241.896
32 Aporte para subsidio familiar
120.000
38 Aguinaldo del Niño Pobre
140.000
39 Auxilio gente de escasos recursos
140.000
41 Pagos al SENA
202.619
42 Celebración Día del Campesino
100.000
44 Aporte a COINCO programa gestión delegada (Agentes Fiscales)
120.000
45 Auditaje Fiscal
120.000
47 Celebración festividades patrias
80.000
49 Capacitación empleados
30.000
52 Bienestar Familiar, 2% nómina empleados
810.474
53 Auxilio radio Operador DAINCO
48.000
54 Cesantías
4.227.284
55 Transportes aéreos y terrestres
800.000
58 ESAP
202.619
59 Dotación obreros según convención colectiva
120.000
60 Auxilio médico legista Paz de Ariporo y Monterrey
277.200
D)
Servicio de la deuda
101
66 Deuda COINCO
1
67 Saldo vigencias expiradas
100
Total Secretaría de Hacienda
28.995.443
Secretaría de Obras Públicas
A)
Servicios personales
16.948.800
2 Sueldos personal nómina
11.516.400
3 Gastos de representación
144.000
4 Jornales
2.400.000
6 Prima de Navidad empleados y obreros
1.189.200
7 Prima técnica
210.000
10 Prima de vacaciones
594.600
11 Prima semestral
594.600
12 Horas extras y novedades
300.000
B)
Gastos generales
6.139.200
15 Mantenimiento y aseguros
600.000
16 Compra de equipo
1.394.600
17 Viáticos y gastos de viaje
800.000
18 Servicio de comunicaciones
25.000
20 Materiales y suministros
3.294.600
23 Gastos varios e imprevistos
25.000
Total Secretaría de Obras Públicas
23.088.000
Secretaría de Educación
A)
Servicios personales
3.337.600
2 Sueldos personal de nómina
2.716.800
3 Gastos de representación
144.000
6 Prima de Navidad
238.400
10 Prima de vacaciones
119.200
11 Prima semestral
119.200
B)
Gastos generales
970.000
15 Mantenimiento y aseguros
100.000
16 Compra de equipo
400.000
17 Viáticos y gastos de viaje
120.000
20 Materiales y suministros
100.000
21 Impresos y publicaciones
250.000
Total Secretaría de Educación
4.307.600
Secretaría de Agricultura y Ganadería, Recursos Naturales.
A)
Servicios personales
3.815.935
2 Sueldos personal de nómina
2.242.800
3 Gastos de representación
144.000
4 Jornales
800.000
6 Prima de Navidad empleados y obreros
272.567
7 Prima técnica
84.000
10 Prima de vacaciones
136.284
11 Prima semestral
136.284
B)
Gastos generales
2.335.000
15 Mantenimiento y aseguros
200.000
16 Compra de equipo
350.000
17 Viáticos y gastos de viaje
250.000
18 Servicios de comunicación
60.000
20 Materiales y suministros
750.000
21 Impresos y publicaciones
100.000
23 Gastos varios e imprevistos
25.000
27 Impresos guías de movilización y papeletas de venta
600.000
Total Secretaría de Agricultura y Ganadería, Recursos naturales
6.150.935
Total presupuesto de gastos de funcionamiento
89.316.978
CAPITULO IV
Gastos de Inversión.
PROGRAMA I
Obras Públicas
Unidad ejecutora: Secretaría de Obras Públicas
24.156.250
Inversión directa.
9.875.000
Subprograma 101. Construcción carreteras y calles
3.100.000
Proyectos.
1 Carretera Pauto-Tablón de Támara-Támara
800.000
2 Carretera Puerto Tocaría, Nunchía
500.000
3 Carretera San Benito-Chámeza
800.000
5 Carreteable Morichal, Yopitos, Guamitos
150.000
6 Construcción carreteable Tilodirán, Guariamena-Yopal
50.000
7 Construcción carreteable Nunchía-Río Pauto
150.000
8 Construcción y arreglo carreteable La Guada-Teislandia
50.000
9 Construcción carreteable. Támara vereda La Victoria
150.000
10.Construcción carreteable de Támara-vereda de Guayabal
150.000
11 Construcción carreteable Tauramena-La Cabuya
100.000
12 Construcción cerretera Tauramena-Monterrey
200.000
Subprograma 102. Conservación carreteras y calles
900.000
Proyectos.
1 Arreglo calles y vías barrio La Campiña
100.000
2 Arreglo carreteable Yopal La Manga
100.000
3 Arreglo carreteable Yopal Barbaseos
100.000
4 Arreglo carreteable Tilodirán Quebrada Seca
100.000
5 Arreglo calles Aguazul
150.000
6 Arreglo carreteable Hato Corozal-Caño Flor Amarillo
100.000
7 Arreglo carreteable Paz de Ariporo- Rincón Hondo
50.000
8 Arreglo carreteable Paz de Ariporo-Montañas del Totumo
100.000
9 Arreglo y construcción carreteable Río Pauto, El Banco, La Plata
100.000
Subprograma 104. Construcción puentes
125.000
Proyecto.
1 Construcción puente sobre Caño Seco, en la vía el barrio La Campiña
125.000
Subprograma 108. Construcción edificios públicos
3.000.000
Proyectos.
1 Taller obra pública
1.000.000
2 Edificio intendencial
1.500.000
3 Casa Municipal Támara
200.000
4 Terminación Casa Municipal Hato Corozal
300.000
Subprograma 109. Remodelación y reparación edificios
150.000
Proyecto
1 Casa Municipal Villanueva
150.000
Subprograma 125. Adquisición plantas eléctricas
100.000
Proyecto.
1 Compra planta eléctrica Inspección Tilodirán, Yopal
100.000
Subprograma 131. Construcción, ampliación, acueductos y alcantarillados
900.000
Proyectos
1 Construcción acueducto Corregimiento El Morro
100.000
2 Construcción acueducto Inspección Intendendencial Morichal
100.000
3 Acueducto Municipal Támara
200.000
4 Ampliación acueducto Nunchía
200.000
5 Construcción acueducto barrio Providencial-Yopal
300.000
Subprograma 137. Compra motores fuera de borda
800.000
Proyecto.
1 Compra 5 motores fuera de borda y 3 voladoras en la Intendencia
800.000
Subprograma 139: Compra equipos obras públicas
800.000
Proyectos.
1 Compra vehículos Secretaría de Hacienda
400.000
2 Compra vehículo Secretaría de Agricultura
400.000
Inversión indirecta
14.281.250
Subprograma 150. Aportes, auxilios para fondos de obras públicas municipales
14.131.250
Proyectos.
1 Junta de Acción Comunal Buenavista, obras varias
100.000
2 Junta de Acción Comunal La Vega, obras varias
100.000
3 Junta de Acción Comunal de La Guafilla, obras varias
150.000
4 Junta de Acción Comunal El Amparo, para el acueducto
100.000
5 Junta de Acción Comunal barrio 20; de Julio, obras varias
100.000
6 Junta de Acción Comunal Inspección Tilodidirán, obras varias
100.000
7 Colegio La Presentación, Yopal, para ampliación aulas escolares
300.000
8 Asociación de Padres de Familia Colegio Juan Pablo II, Yopal
300.000
9 Junta de Acción Comunal vereda El Charte, obras varias
150.000
10 Junta de Acción Comunal de Las Palomas vereda de (Aguaverde), obras varías
100.000
11 Junta de Acción Comunal Los Manantiales, obras varias
100.000
12 Junta de Acción Comunal vereda Yopitos, para desviación río Charte, en vereda Morichal
100.000
13 Junta de Acción Comunal vereda de Cunamá, obras varias
100.000
14 Junta de Acción Comunal Corregimiento Monterralo, construcción camino, Boquerón-Tauramena
50.000
15 Junta de Acción Comunal Central de Aguazul, obras varias
300.000
16 Junta de Acción Comunal vereda Cupiagua, construcción puente Hamaca sobre el río Unete
60.000
17 Junta de Acción Comunal Inspección de Policía San Miguel de Farallones, construcción puente Hamaca sobre el río Cusiana, en el camino Monterralo-Tauramena.
80.000
18 Junta de Acción Comunal, Inspección de Policía de San Miguel de Farallones, construcción de caminos de herradura a Monterralo y Cupiagua
100.000
19 Junta de Acción Comunal Central de Chámeza, para obras varias
200.000
20 Junta de Acción Comunal Central de Chámeza, para arreglo de caminos
200.000
21 Junta de Acción Comunal de Puerto Colombia, construcción escuela
100.000
22 Junta de Acción Comunal Central para carreteable Alemania, Santa Bárbara, Corralito
150.000
23 Junta de Acción Comunal Puerto Colombia, construcción casa Corregimiento
100.000
24 Junta de Acción Comunal de Manare, obras varias
60.000
25 Junta de Acción Comunal Santa Bárbara, obras varias
50.000
26 Junta de Acción El Guafal, construcción casa Inspección
50.000
27 Junta de Acción Comunal Santa Rita, obras varias
50.000
28 Junta de Acción Comunal de Chire, para acueducto
50.000
29 Junta de Acción Comunal La Frontera (La Chapa), obras varias
150.000
30 Junta de Acción Comunal de Hato Corozal, para construcción casa de la Inspección de Berlín
100.000
31 Junta de Acción Comunal Central de Hato Corozal, para terminación de la manga de coleo Los Lanceras
225.000
32 Junta de Acción Comunal Central de Hato Corozal, para plaza de mercado
150.000
33 Junta de Acción Comunal Central de Hato Corozal, para construcción salón múltiple Colegio Municipal Luis Hernández Vargas
200.000
34 Junta de Acción Comunal de Rodrigoque, construcción puente colgante sobre la quebrada de Contadero Municipio La Salina
200.000
45 Junta de Acción Comunal Central de Maní, para arreglo del parque infantil
150.000
36 Junta de Acción Comunal de. Santa Helena de Cusiva, para obras varias
100.000
37 Junta de Acción Comunal del Paso Real del Guariamena, construcción casa Inspección
100.000
38 Junta de Acción Comunal de San Joaquín de Garibay, obras varias
50.000
39 Junta de Acción Comunal de Gaviotas, obras varias
50.000
40 Junta de Acción Comunal Central de Monterrey, para construcción alcantarillado
300.000
41 Junta de Acción Comunal Central de Monterrey, para construcción del coliseo de deportes
250.000
42 Junta de Acción Comunal de Monterrey (Central), para arreglo casa municipal
100.000
43 Junta de Acción Comunal Central de Monterrey, para obras varias
150.000
44 Junta de Acción Comunal vereda de Siribana, para obras varias municipio Nunchía
100.000
45 Junta de Acción Comunal vereda El Conchal, para varias obras, Municipio de Nunchía
100.000
46 Junta de Acción Comunal de la Inspección de Veladero, para abras varias Municipio de Nunchía
100.000
47 Junta de Acción Comunal de Puerto Tocaría, para obras varias, Municiipo de Nunchía
100.000
48 Junta de Acción Comunal Central, arreglo Colegio La Inmaculada, Municipio de Orocué
125.000
49 Junta de Acción Comunal, para obras varias Municipio Orocué
125.000
50 Junta de Acción Comunal El Palmar, para obras varias, Municipio de Paz de Ariporo
100.000
51 Junta de Acción Comunal del Corregimiento de Bocas de la Hermosa, para construcción tanque elevado para agua potable, Municipio Paz de Ariporo
150.000
52 Junta de Acción Comunal Central, para la Junta de Acción Comunal de Agua Verde, para obras varias, Municipio Paz de Ariporo
50.000
53 Junta de Acción Comunal Central para obras varias Municipio Pore
550.000
54 Tesorería Municipal Pore, reparación y mantenimiento acueducto
100.000
55 Junta de Acción Comunal Central de Recetor, caminos veredales
100.000
56 Junta de Acción Comunal Central de Recetor, para obras varias
100.000
57 Junta de Acción Comunal Centrad de Recetor, para reconstrucción puente colgante Vigas, Recetoreña y construcción puente Hamca quebrada Agua Buena, vía El Begón, Chámeza
100.000
58 Junta de Acción Comunal Los Alpes, para obras varias Municipio Recetor
100.000
59 Junta de Acción Comunal de Villanueva, para la Asociación de Padres de Familia para la conservación y mantenimiento de la Concentración Escolar de primaria
125.000
60 Junta de Acción Comunal Central de Sacama, para varias obras
250.000
61 Junta de Acción Comunal vereda Barronegro, obras varias, Municipio Sácama
150.000
62 Junta de Acción Comunal Central de San Luis de Palenque, para obras varias
510.000
63 Junta de Acción Comunal de la Inspección del Tablón de Támara, para obras varias
100.000
64 Junta de Acción Comunal vereda del Ariporo, para puente sobre el río Ariporo, Municipio Támara
200.000
65 Junta de Acción Comunal de la Inspección de Teislandia, para obras varias Municipio Támara
200.000
66 Junta de Acción Comunal de la vereda de San Pedro, para obras varias, Municipio Támara
100.000
67 Junta de Acción Comunal de La Suguía, para obras varias, Municipio de Támara
100.000
63 Junta de Acción Comunal para la casa de la Inspección de la vereda Tacuya, en el sitio denominado Santa María, Municipio Tauramena
100.000
69 Junta de Acción Comunal Central, para arreglo cárcel municipal, Municipio Tauramena
100.000
Programas.
1 Construcción edificio Colegio Intendencial Villanueva
700.000
2 Construcción aulas Colegio Jorge Eliécer Gaitán, Sabanalarga
700.000
Inversión indirecta
1.900.000
Subprograma 154. Aportes, auxilios programas educativos
1.400.000
Proyectos
1 Préstamos
700.000
2 Becas intendenciales
700.000
Subprograma155. Junta Municipal de Deportes programas deportivos
500.000
PROGRAMA III
Agropecuario
Unidad ejecutora: Secretaría de Agricultura y Ganadería, Recursos Naturales
9.383.780
Inversión directa.
6.683.780
Subprograma 112. Construcción plazas de ferias
1.900.000
Proyectos.
1 Yopal
700.000
2 Paz de Ariporo
600.000
3 Maní
600.000
Subprograma 123. Construcción granjas agrícolas
1.400.000
Proyectos.
1 Granja Trinidad
700.000
2 Granja Paz de Ariporo
700.000
70 Junta de Acción Comunal Central para obras varias Municipio de Trinidad
100.000
71 Junta de Acción Comunal Corregimiento La Lucha, obras varias, Municipio de Trinidad
50.000
72 Junta de Acción Comunal Inspección El Guamal, obras varias, Municipio de Trinidad
50.000
73 Junta de Acción Comunal del Corregimiento de Bocas del Páuto, obras varias Municipio de Trinidad
200.000
74 Junta de Acción Comunal de los Chochos, para varias obras, Municipio de Trinidad
100.000
75 Otros aportes, auxilios para fondos de obras públicas municipales, 70%
4.031.250
Subprograma 153. Compra certificados de aportación COINCO
150.000
PROGRAMA II
Educativo.
Unidad ejecutora: Secretaría de Educación
3.300.000
Inversión directa.
1.400.000
Subprograma 108. Construcción edificios públicos
1.400.000
Subprograma 145. Dotación y sostenimiento granjas industriales agropecuarias
1.783.780
Proyectos.
1 Granja Agua Clara
800.000
2 Granja Bubuy
983.780
Subprograma 146. Construcción y desarrollo viveros
400.000
Proyectos.
1 Vivero Yopal
400.000
Subprograma 147. Compra terrenos granjas
1.200.000
Proyectos.
Inversión indirecta
2.700.000
Subprograma 156. Aportes, auxilios para Fondo agropecuario
2.700.000
Proyectos.
1 Fondo Ganadero Casanare
900.000
2 Aporte para Juntas de Ferias Yopal
500.000
3 Sostenimiento, compra granjas
1.300.000
Total gastos de inversión
36.840.030
Total gastos de funcionamiento e inversión
126.157.008
RESUMEN
Funcionamiento
Inversión
Total
Consejo Intendencial
456.600
456.600
Despacho Intendencial
6.699.600
6.699.600
Secretaría de Gobierno
19.618.800
19.618.800
Secretaría de Hacienda
28.995.443
28.995.443
Secretaria de Obras Públicas
23.088.000
24.156.250
47.244.250
Secretaría de Educación
4.307.600
3.300.000
7.607.600
Secretaría Agricultura y Ganadería, Recursos Naturales
6.150.935
9.383.780
15.534.715
Total
89.316.978
36.840.030
126.157.008
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo tercero. El único ordenador de gastos en la Intendencia de Casanare será el Intendente.
Artículo cuarto. Ningún giro podrá ser pagado, ni será válido sin la refrendación de la Auditoría Fiscal.
Artículo quinto. La partida autorizada para cada concepto incluido en el presupuesto de gastos deberá aplicarse exclusivamente al objeto determinado en el texto del respectivo artículo presupuestal, sin exceder el monto señalado.
Artículo sexto. Ningún funcionario agente de la Intendencia podrá obligarse a efectuar gastos o contraer compromisos no contemplados en el presupuesto de gastos respectivo, o en exceso del saldo disponible.
Quienes actúen en contravención de esta norma serán personalmente responsables de las obligaciones contraídas, sin perjuicio de las sanciones administrativas y/o penales que les correspondan.
Artículo séptimo. La dependencia intendencial que tenga dentro del presupuesto apropiaciones para inversión, obligatoriamente dará prioridad a la continuación y terminación de las obras ya iniciadas, antes de emprender otras, de acuerdo a los planes y programas.
Artículo octavo. Prohíbese expresamente a la administración intendencial la apertura de cartas de crédito, cuya finalidad sea efectuar pagos por anticipado de cuyo texto se deduzca que el beneficiario puede utilizarla sin que haya suministrado el bien, de. acuerdo al contrato o solicitud de suministro, en relación con los cuales se abrió la carta de crédito.
Tanto la apertura de la carta de crédito, como su refrendación final al banco respectivo, serán visadas por el Auditor Fiscal, quien se abstendrá de hacerlo si no está legalizado el contrato o la solicitud de suministro, que da origen en el primer caso, o si no se ha cumplido totalmente la obligación en el segundo caso.
Artículo noveno. Para mantener el equilibrio del presupuesto y regular la expedición de giros a las dosponibilidades efectivas de los recursos financieros el Gobierno intendencial, con participación del Secretario de Hacienda, preparará durante los últimos cinco (5) días de cada mes un programa de los recursos que espere recibir.
Para ello tendrá en cuenta el comportamiento de las rentas e ingresos de los meses corridos en el ejercicio y la viabilidad de los recursos que espera recibir que se hubieren incluido en el presupuesto. Simultáneamente preparará otro programa de las obligaciones propuestas por cada una de las dependencias administrativas, de acuerdo con los cronogramas v demás avances de información de los planes en ejecución.
Finalmente, con base en lo anterior, se preparará un programa de las sumas que puedan girarse a cada dependencia administrativa, discriminada por el objeto del gasto.
Artículo décimo. La administración intendencial no podrá celebrar contratos ni contraer obligaciones a cargo de la vigencia fiscal, sin que se haya previamente constituido la respectiva reserva presupuestal, refrendada por la Auditoría Fiscal.
Artículo decimoprimero. El monto total de los acuerdos de ordenación de gastos, tanto de funcionamiento como de inversión, que deban cubrirse con el producto de las rentas ordinarias y los recursos del balance, no podrá exceder, durante los primeros seis meses del ejercicio, de la mitad del presupuesto de las referidas rentas y recursos para el respectivo ejercicio. Del mes de julio en adelante, el límite máximo de los acuerdos de ordenación de gastos globalmente considerados, será el promedio del recaudo de las rentas e ingresos durante los meses transcurridos del año.
Parágrafo. Las limitaciones establecidas en este artículo no se aplicarán al servicio de intereses, amortizaciones y otros gastos de la deuda pública, así como para determinados gastos de inversión que por razones especiales sea necesario acordar por sumas superiores de lo determinado.
Artículo decimosegundo. En los acuerdos de ordenación de gastos y antes de destinar partidas para erogaciones que puedan ser aplazadas, deberán incluirse en su orden: la duodécima parte de los sueldos y/o gastos fijos de administración en el mes respectivo, en cuanto legalmente no se haya disminuido el costo del correspondiente servicio; la cuota correspondiente al servicio de la deuda pública; las cuotas que correspondan al pago de contratos y pedidos que hayan sido objeto de certificados de reserva expedidos por la Contraloría, las participaciones a los municipios y corregimientos.
Artículo decimotercero. Ninguna obra se podrá iniciar sin que el contrato respectivo esté perfeccionado incluyendo pago de impuesto de timbre y derecho de publicación, certificado de reserva de fondos expedido por la Auditoría Fiscal, si su cuantía lo exigiere y el cumplimiento de las demás disposiciones vigentes relacionados con el respectivo contrato.
Artículo decimocuarto. La Tesorería no podrá hacer ningún pago por concepto de adquisición de bienes o servicios, sin antes haberse cumplido los trámites legales y presentación de la cuenta debidamente autorizada y reconocida per el funcionario ordenador de gastos.
Artículo decimoquinto. Los gastos de representación del Intendente y los Secretarios se pagarán por mensualidades con el respectivo sueldo.
Artículo decimosexto. Toda erogación con cargo a gastos imprevistos que exceda a la suma de mil pesos ($ 1.000.00) moneda corriente, deberá ser autorizada por el Intendente, mediante resolución motivada.
Artículo decimoséptimo. Cuando a un empleado o trabajador al servicio de la Intendencia le sea conferirla una comisión oficial dentro del territorio nacional fuera de la Intendencia se le autorizará el pago de viáticos, según la siguiente escala:
1. El Intendente devengará viáticos a razón de $ 1800.00 diarios.
2. Los empleados cuyas asignaciones mensuales oscilen entre $ 35.000.00 y $ 20.001.00, tendrán derecho a devengar viáticos a razón de $ 1.500.00 diarios.
3. Los empleados cuyas asignaciones mensuales oscilen entre $ 20.000.00 y $ 10.001.00, tendrán derecho a devengar viáticos a razón de $ 1.000.00 diarios.
4. Los empleados cuyas asignaciones mensuales sean de $ 10.000.00 o menor ganarán viáticos a razón de $ 800.00 diarios.
Parágrafo. Cuando la comisión fuere ordenada fuera de la sede habitual de trabajo y que implique pernoctar fuera de ella, pero dentro del territorio de la Intendencia, se reconocerán viáticos diarios así:
1. El Intendente ganará a razón de $ 1.000.00 diarios.
2. Sueldos de $.2.001.00 a s 35.000.00, a razón de $800.00 diarios.
3. Sueldos de $10.001.00 a $ 20.000.00 a razón de $ 600.00 diarios.
4. Sueldos de $ 10.000.00 o menos, a razón de $ 500.00 diarios.
Artículo decimoctavo. Las comisiones de servicio se conferirán mediante acto administrativo en el cual se expresará el término de su duración, que no podrá exceder de veinte (20) días, sin embargo, no estarán sujetos a los términos de este artículo las comisiones que por su naturaleza exijan necesariamente una duración mayor, a juicio del Jefe del respectivo organismo.
Parágrafo. Queda prohibida toda comisión de servicios de carácter permanente.
Artículo decimonoveno. Los consejeros intendenciales ganarán viáticos iguales a los del Intendente cuando viajen en comisión oficial dentro o fuera del territorio intendencial, en todo caso, las comisiones serán ordenadas por el Intendente mediante resolución previa.
Artículo vigésimo. El pago de viáticos y gastos de transporte de los empleados intendenciales en comisión solo podrá efectuarse cuando exista resolución previa de la Intendencia en la que ordene la comisión a lugar diferente al que el empleado ejerce normalmente sus funciones y se fija el término de la misma y el valor de los viáticos correspondientes, de acuerdo a la escala de viáticos.
El empleado deberá estar ejerciendo el cargo y presentar constancia sobre el cumplimiento de la comisión.
Parágrafo. No habrá lugar a viáticos cuando la comisión se cumpla dentro del mismo día de salida, en tal caso, sola habrá lugar a reconocimiento de gastos de transporte.
Artículo vigesimoprimero. Los choferes y los motoristas fluviales de la Intendencia, no se consideran en comisión dentro de su territorio, por el hecho de destinárseles a un nuevo frente de trabajo en forma permanente.
Artículo vigesimosegundo. Toda remuneración que tenga carácter de sueldo se epagará por nómina, conforme a lo determinado en la resolución de asignaciones civiles. Por planilla solo se pagarán los obreros destinados a la construcción y conservación de obras públicas.
Artículo vigesimotercero: El pago de las vacaciones en dinero sola podrá hacerse en caso de retiro del empleado o cuando se trate de funcionarios de manejo o técnicos cuyo retiro temporal trastorne la normal prestación del servicio.
Artículo vigesimocuarto. Toda erogación con cargo al rubro “gastos especiales” que exceda la suma de mil pesos ($ 1.000.00) moneda corriente, deberá ser autorizada mediante resolución motivada y firmada por el Intendente. Cuando esta erogación sobrepase la suma de diez mil pesos ($ 10.000.00) moneda corriente, deberá tener el visto bueno del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías.
Artículo vigesimoquinto. De los auxilios autorizados en este Acuerdo, no se girará su valor sino cuando su inversión pueda ser controlada directamente por la Intendencia y visadas las cuentas respectivas por el Auditor Fiscal, cualquiera que sea su destinación.
Artículo vigeimosexto. El Intendente, a través de la Secretaría dé Hacienda, informará a la División de Presupuesto del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías acerca del estado financiero, mediante cuadros que demuestren tanto los ingresos como los gastos durante el mes anterior.
Artículo vigesimoséptimo. Las adquisiciones tanto de consumo como devolutivos que realice el Almacén General de la Intendencia se efectuarán conforme a las disposiciones establecidas por la Contraloría General de la República y demás normas vigentes.
Parágrafo. Toda cuenta de cobro por un valor superior a veinte mil pesos ($ 20.000) moneda corriente, se acompañará del respectivo contrato escrito en papel sellado y debidamente estampillado con sujeción a las disposiciones legales pertinentes.
Artículo vigesimoctavo. El Intendente queda autorizado para celebrar los contratos que sean necesarios para la correcta ejecución del presupuesto, todo conforme a las disposiciones legales. Las negociaciones sobre empréstito público se tramitarán conforme a la ley vigente.
Artículo vigesimonoveno. Queda absolutamente prohibida dictar resoluciones de reconocimiento para legalizar obligaciones contraídas por fuera del presupuesto o sobre el valor de las apropiaciones y girar relaciones de autorización sin situación de fondos con el mismo objeto.
Artículo trigésimo. Queda terminantemente prohibido el pago con cargo a recursos propios del Tesoro Intendencial de servicios personales y gastos generales de entidades distantas a las de la Intendencia salvo lo que se pacte en convenios especiales o sea dispuesto por la ley.
Artículo trigesimoprimero. En desarrollo del articulo noveno del Decreto número 1925 de 1975, las gestiones que deba cumplir el Agente Fiscal estarán subordinadas y dependerán del Jefe de la Sección Gestión Delegada. La sede del Agente Fiscal será la ciudad de Bogotá.
Artículo trigesimosegundo. Los gastos de cada dependencia tendrán el siguiente orden de prioridad para su giro:
Primera prioridad.
― Servicios personales.
― Transferencias de ley cuota patrona, Caja de Previsión Social, SENA, ESAP, Instituo de Bienestar Familiar (ICBF).
― Aporte a COINCO para programa Gestión Delegada (Agentes Fiscales).
― Auxilio radio-operador DAINCO.
— Servicio de la deuda.
Segunda prioridad.
— Gastos generales.
Tercera prioridad.
— Deudas transferidas y gastos de inversión.
No podrán emitirse giros, ni hacerse pagos, ni referendarse giros por los funcionarios competentes, cuando se hicieren en contravención a lo dispuesto en el presente artículo.
Artículo trigesimotercero. Prohíbese contracreditar y trasladarse internamente el aporte a la Caja de Previsión Social y las partidas del servicio de la deuda.
Artículo trigesimocuarto. Este Acuerdo rige a partir del primero (1°) de enero de mil novecientos ochenta y uno (1981).
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Yopal, capital de la Intendencia Nacional de Casanare, a los once (11) días del mes de noviembre de 1980.
(Fdo), Carlos Sandoval Nossa, Presidente Consejo Intendencial,
(Fdo), Clara Sandoval de Osario, Secretaria Consejo Intendencial.
La suscrita, Secretaria del Consejo Intendencial, hace constar que el presente Acuerdo fue aprobado en los debates reglamentarios efectuados en días diferentes.
Yopal, noviembre 25 de 1980.
(Fdo), Clara Sandoval de Osorio, Secretaria del Consejo Intendencial.
—
Intendencia Nacional de Casanare.
Yopal, noviembre 26 de 1980.
De conformidad con las atribuciones que otorga el ordinal f) del artículo 21 del Decreto 1926 de 1975, sanciónase el presente Acuerdo y envíase al Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías para su aprobación.
SANCIONADO
(Fdo), Getulio Vargas Barón, Intendente Nacional de Casanare.
(Fdo), Ana Beley Barrera Martínez, Secretaria Ejecutiva».
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, a los 4 días de febrero de 1981.
VICTOR MOSQUERA CHAUX
El Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías,
Gustavo Svenson Cervera.