DECRETO 2592 DE 1983
(septiembre 13)
por el cual se crean unos comités asesores.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Decreto 1050 de 1968,
DECRETA:
Artículo 19°Créanse los siguientes comités asesores del Gobierno Nacional en materia de transporte:
— Comité Asesor del Transporte Público Colectivo Urbano.
— Comité Asesor del Transporte Intermunicipal de Pasajeros.
— Comité Asesor del Transporte de Carga.
Artículo 2° Los comités asesores mencionados es el articulo anterior, tendrán como función la de analizar y evaluar los aspectos atinentes al transporte en su respectiva área y formular al Gobierno las recomendaciones que consideren pertinentes. Cada comité se dará su propio reglamento.
Artículo 3° Cada comité asesor estará integrado por siete (7) miembros así:
— Viceministra de Obras Públicas o su Delegado, quien lo presidirá.
— Un Delegado del Ministro de Desarrollo Económico.
— Un Delegado del Jefe del Departamento Nacional de Planeación.
— El Director del INTRA.
— El Gerente de la Corporación Financiera del Transporte.
— Dos representantes del sector privado, escogidos por el Ministro de Obras Públicas y Transporte, de ternas que pasen las asociaciones de transportadores a nivel nacional en la respectiva área.
Artículo 4° Los comités a que se refiere este Decreto estarán adscritos al Ministerio de Obras Públicas y Transporte.
Artículo 5° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 13 de septiembre de 1983.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Desarrollo Económico,
Rodrigo Marín Bernal
El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
Hernán Beltz Peralta.
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación,
Jorge Ospina Sardi.