DECRETO 3056 DE 1982

Decretos 1982

DECRETO 3056  DE 1982    

(octubre 25)    

     

por el  cual se modifica parcialmente el   Decreto 2216 de 1982.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus  facultades constitucionales y en especial de las que le confieren los numerales  3 y 15 del artículo   120 de la Constitución Nacional,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1º. Los plazos señalados por el Decreto 2216 de  veintinueve (29) de Julio de Mil novecientos ochenta y dos (1982) podrán ser  prorrogados por el Superintendente Bancario, cuando así lo aconsejen las  circunstancias de intervención adelantada en  cualquiera de las entidades cuyos negocios  y haberes hayan sido sometidos  al régimen especial de toma de posesión establecido por la ley.    

     

Tales prórrogas en ningún caso podrá exceder los términos, fijados para esta clase de procedimientos por la Ley 45 de mil novecientos veintitrés (1923) y las  demás disposiciones que la adicionan o reforman.    

     

Artículo 2º. Este Decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

     

Publíquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 25 de octubre de 1982.    

     

BELISARIO BETANCUR.    

     

El Ministro de Hacienda y Crédito  Público,    

Edgar Gutiérrez Castro.          

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