DECRETO 3317 DE 1983

Decretos 1983

DECRETO 3317  DE 1383    

(diciembre 2)    

     

por el cual se crea una junta y un comité.    

     

El Presidente de Ia República de Colombia,  en usos de las facultades que le  confiere el artículo 120 de la Constitución Nacional,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1º. Créase la Junta Nacional del XV  Congreso Nacional de Población y IV de Vivienda, para que promueva y coordine  las actividades relacionadas con la canalización de recursos y la participación  de la comunidad en sus diferentes estamentos  en el próximo censo de población y vivienda, y para que estudie y  apruabe las políticas generales que orientan dicha actividad. Esta Junta estará conformada por:    

     

-El doctor  Carlos Lleras Restrepo.    

-El doctor Misaél Pastrana Borrero    

-El señor Ministro de Gobierno,    

-El señor Ministro de Hacienda y Crédito Público.    

-El señor Ministro de Defensa.    

-El señor Ministro de Agricultura.    

-El señor Ministro de Educación.    

-El Jefe del Departamento Nacional de Planeación.    

-El Jefe del Departamento Administrativo Nacional  de Estadística, y    

-El Asesor Económico  de la Presidencia de la República.    

     

Artículo 2º. Las  funciones de Secretaria de esta Junta estarán a cargo del Departamento Administrativo Nacional de Estadística.    

     

Artículo 3º. Crease el Comité técnico del XV Censo  Nacional de Población y IV de Vivienda para  que acesore a la Junta Nacional  del Censo y al DANE en todos Ios aspectos  relacionados con el contenido  técnico del censo y, en general, con la planeación, ejecución y evaluación  del mismo, el cual estará compuesto por:    

     

-El Director General de Análisis socioeconómico del  DANE.    

-El Jefe de la División Socio-Demográfico del Departamento Nacional de  Planeación.    

-Un representante del Ministro de Educación.    

-Un representante del Ministro de Salud.    

-Un representante del Ministro de Agricultura.    

-Un representante del Departamento Administrativo  Nacional de Intendencias y Comisarías.    

-Un representante del Instituto Geográfico Agustín Codazzi,    

     

Artículo 4º. El Comité Técnico será presidido por el Director General de  Análisis Socio-Económico del DANE, y las funciones de Secretaría de este Comité estarán  a cargo del Departamento  Administrativo Nacional de Estadística.    

     

Artículo 5º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

     

Comuníquese y cúmplase,    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 2 de diciembre de 1983.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación.    

Jorge  Ospina Sardi.    

     

El Jefe  del Departamento Administrativo Nacional de Estadística,    

Alberto  Schlesinger Vélez.          

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