DECRETO 3409 DE 1981

Decretos 1981

   

DECRETO 3409 DE 1981

(diciembre 4)    

     

por el cual se dicta una disposición sobre el auxilio patronal  de transporte.    

     

Nota:  Derogado por el Decreto 3726 de 1982,  artículo 2º.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  las atribuciones que le confiere la Ley 15 de 1959,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1° A partir del cinco (5) de diciembre de 1981 el  auxilio del transporte a que tienen derecho los empleados oficiales y los  trabajadores particulares que devenguen un salario mensual hasta dos (2) veces  el salario mínimo legal será de quinientos veinticinco pesos ($ 525.00)  mensuales.    

     

Artículo 2°. Este Decreto rige a partir de la fecha de su  expedición y deroga el Decreto 2767 de 1980.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, a 4 de diciembre de 1981.    

     

JULIO CESAR TURRAY AYALA    

     

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Eduardo  Wiesner Durán.    

     

La Ministra de Trabajo y Seguridad. Social,    

Maristella  Sanín de Aldana.    

     

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,    

Enrique  Vargas Ramirez.          

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