DECRETO 3511 DE 1981
(diciembre 10)
por el cual se introducen unas modificaciones en el Arancel de Aduanas.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere la Ley 6ª de 1971, y oído el concepto previo del Consejo Nacional de Política Aduanera,
DECRETA:
Artículo 1° Señálanse los siguientes gravámenes ad-valorem a las disposiciones que a continuación se indican:
Posición
Gravamen %
85.01.12.02
5
85.01.12.99
20
85.15.90.01
5
85.19.01.09
25
85.21.01.01
5
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 10 de diciembre de 1981.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Eduardo Wiesner Durán.