DECRETO 446 DE 1981

Decretos 1981

                           

DECRETO 446 DE 1981

(febrero 24)    

     

por el cual se dictan medidas tendientes al  funcionamiento del Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas.    

     

Nota: Derogado por el Decreto 22 de 1987,  artículo 2º.    

     

El Presidente de la. República  de Colombia, en uso de las facultades que le conceden el artículo 120 de la Constitución Política y  la Ley, número 24 de 1981,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1° Créanse los  siguientes cargos en el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas:    

     

Despacho del Jefe.    

     

Número 1. Nombre del cargo,  Jefe del Departamento Administrativo. Código, 0010. Grado, 09.    

     

Despacho del Secretario General.    

     

Número 1. Nombre del cargo,  Secretario General del Departamento Administrativo. Código, 0035. Grado, 03.    

     

Artículo 2° La Planta de  Personal de la Superintendencia Nacional de Cooperativas, establecida por el Decreto 1216 de 1977  y demás normas concordantes, será la del Departamento Administrativo Nacional  de Cooperativas hasta tanto se adopte la correspondiente del mismo.    

     

Quienes vienen prestando  servicios en la Superintendencia Nacional de Cooperativas, con excepción del  Superintendente y del Secretario General, continuarán desempeñando los empleos  de que son titulares hasta tanto sean removidos de éstos conforme a la ley o  incorporados a la Planta de Personal del Departamento, en virtud de lo  dispuesto en el artículo 36 de la Ley 24 de 1981.    

     

Artículo 3° De conformidad con  los artículos 38 y 39 de la Ley 24 de 1981, los  gastos que demande el funcionamiento del Departamento Administrativo Nacional  de Cooperativas, se pagarán con cargo al presupuesto de la actual vigencia  correspondiente a la Superintendencia Nacional de Cooperativas, hasta cuando se  adopte el presupuesto del nuevo Departamento Administrativo.    

     

Artículo 4° Este Decreto rige  a partir de la fecha de su expedición.    

     

Publíquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, a 24 de  febrero de 1981.    

     

JULIO CESAR TURBAY AYALA    

     

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público,    

Eduardo Wiesner Durán.    

     

El Jefe del Departamento  Administrativo del Servicio Civil,    

Laura Ochoa de Ardila.          

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