DECRETO 578 DE 1982
(febrero 24)
por el cual se aprueba con modificaciones el Acuerdo número 002 del 18 de noviembre de 1981, expedido por el Consejo Intendencial de Arauca, que fija el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos de la Intendencia Nacional de Arauca, para el período fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1982.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones legales y en especial de las que le confiere el artículo 6° de la Constitución y el parágrafo del artículo 9° del Decreto 1926 de 1975,
DECRETA:
Artículo primero. Apruébase con modificaciones el Acuerdo número 002 del 18 de noviembre de 1981, expedido por el Consejo Intendencial de Arauca, que fija el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos de la Intendencia Nacional de Arauca, para el período fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1982, cuyo texto dice:
«ACUERDO NÚMERO 002 DE 1981
por el cual se fija el Presupuesto de Rentas, Ingresos y Gastos de la Intendencia Nacional de Arauca, para el período fiscal comprendido entre el 1° de enero al 31 de diciembre de 1982.
El Consejo Intendencial de Arauca, en uso de sus atribuciones legales,
ACUERDA:
Artículo primero. Fíjase los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Intendencia Nacional de Arauca, para el periodo fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1982, en la cantidad de cien millones trescientos sesenta y dos mil ochocientos diez pesos ($ 100.362.810.00) moneda legal, según los pormenores siguientes:
PRIMERA PARTE.
PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS
CAPITULO I
Ingresos Corrientes
$ 100.362.810
INGRESOS TRIBUTARIOS … … … … … … … …
79.124.804
A)
Impuestos Directos … … … … … … … … …
780.000
01 Registro y Anotaciones … … … … … … … .
755.000
02 Circulación y Tránsito … … … … … … … …
25.000
‘
B)
Impuestos Indirectos … … … … … … … … .
78.344.804
05 Tabaco … … … … … … … … … … … … ..
20.000.000
06 Cervezas … … … … … … … … … … … …
29.500.000
07 Cigarrillo … … … … … … … … … … … …
200.000
09 Cigarrillos extranjeros … … … … … … … …
1.000
10 Licores y vinos extranjeros … … … … … …
5.003.804
11 Licores y vinos nacionales … … … … … …
22.500.000
12 Impuesto de Previsión Social … … … … …
95.000
13 Otros Impuestos Indirectos … … … … … …
745.000
INGRESOS NO TRIBUTARIOS … … … … … … …
21.538.006
A)
Servicios personales … … … … … … … …$
10.410.001
15 Energía … … … … … … … … … … … … ..
10.400.000
19 Alquiler de maquinaria … … … … … … … ..
1
21 Alquiler avioneta … … … … … … … … … ..
10.000
B)
Rentas ocasionales … … … … … … … … …
593.001
22 Multas … … … … … … … … … … … … …
18.000
23 Reintegros … … … … … … … … … … … …
1
24 Aprovechamiento … … … … … … … … …
545.000
25 Venta de formularios … … … … … … … …
30.000
C)
Rentas contractuales … … … … … … … … ..
135.000
28 Arrendamientos … … … … … … … … … …
135.000
D)
Aportes y participaciones … … … … … … …
10.400.004
33 Cánones superficiarios de arrendamientos…
1
34 Participación regalías petrolíferas… … … …
1
35 Cuentas de estabilización de precios derivados del petróleo electrificadora … … … ..
10.400.000
36 Participación Impuesto a las Ventas … … …
1
38 Transferencias FER … … … … … … … … .
1
CAPITUL0 II
Recursos de Capital
4
RECURSOS DEL BALANCE DEL TESORO … … ..
4
A)
Saldo vigencias expiradas … … … … … … ..
1
51 Superávit… … … … … … … … … … … … .
1
B)
Recursos del Crédito… … … … … … … … …
2
54 Interno… … … … … … … … … … … … …
1
55 Externo… … … … … … … … … … … … …
1
C)
Ventas de activos… … … … … … … … … …
1
Maquinarias… … … … … … … … … … … … .
1
Total Presupuesto de Rentas e Ingresos
100.362.810
SEGUNDA PARTE
PRESUPUESTO DE GASTOS
Artículo segundo. Aprópiase para atender los gastos de la Intendencia Nacional de Arauca, durante el período fiscal entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1982, una suma igual a la de cálculo de rentas e ingresos del Tesoro de la Intendencia Nacional de Arauca, determinado en el artículo anterior, por un valor de cien millones trescientos sesenta y dos mil ochocientos diez pesos ($ 100.362.810.00) moneda legal, distribuidos así:
CAPITULO III
Gastos de Funcionamiento
CONSEJO INTENDENCIAL
A)
Servicios personales … … … … … … … ….$
704.000
01 Dietas … … … … … … … … … … … … …
640.000
02 Sueldos personal nómina (2½) meses … …
60.000
08 Prima de navidad … … … … … … … … … .
4.000
B)
Gastos Generales … … … … … … … … … …
160.000
17 Compra de equipo … … … … … … … … …
60.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … ..
100.000
Total Consejo Intendencial … … … … … … ..
864.000
CAPITULO IV
Gastos de Inversión
Programa II
Subprograma 337-Compra equipo Electromecánicos … … … … … … … … … … … ..
400.000
DESPACHO INTENDENCIAL
A)
Servicios personales … … … … … … … … ..
4.093.952
02 Sueldos personal de nóminas … … … … …
2.071.200
03 Gastos de representación … … … … … … .
297.600
04 Honorarios … … … … … … … … … … … ..
1.000.000
08 Prima de navidad … … … … … … … … … .
257.704
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
123.698
11 Prima semestral … … … … … … … … … …
118.750
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … ..
15.000
B)
Gastos generales … … … … … … … … … ..
1.377.000
16 Mantenimiento y aseguros … … … … … …
15.000
17 Compra de equipo … … … … … … … … …
258.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … ..
744.000
19 Comunicaciones y transporte… … … … … .
30.000
21 Materiales y suministres … … … … … … …
100.000
22 Impresos y publicaciones … … … … … … ..
120.000
27 Gastos especiales … … … … … … … … …
100.000
28 Gastos varios imprevistos … … … … … … .
10.000
Total Despacho Intendencial … … … … … …
5.470.952
SECRETARIA DE GOBIERNO
A)
Servicios personales … … … … … … … … .
3.990.979
02 Sueldos personal de nómina … … … … … .
3.088.800
03 Gastos de representación … … … … … …
178.800
08 Prima de navidad … … … … … … … … …
342.722
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
148.907
11 Prima semestral … … … … … … … … … ..
141.750
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … ..
90.000
B)
Gastos generales … … … … … … … … … ..
560.000
16 Mantenimiento y aseguros … … … … … …
50.000
17 Compra de equipos … … … … … … … … .
200.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … .
200.000
21 Materiales y suministros … … … … … … ..
100.000
23 Gastos varios e imprevistos … … … … … ..
10.000
C)
Transferencias … … … … … … … … … … ..
660.000
b) Pagos otras entidades del sector público … .
35 Pagos servicio Policía … … … … … … … ..
60.000
d) Otras transferencias … … … … … … … … ..
54 Raciones y traslados de presos … … … … .
170.000
55 Gastos protección indígenas … … … … … .
200.000
59 Celebración Día Campesino … … … … … ..
200.000
61 Celebración festividades patrias … … … … .
30.000
Sección Alcaldías, Corregimientos e Inspecciones de Policía
A)
Servicios personales … … … … … … … … ..
11.379.869
02 Sueldo personal nómina … … … … … … …
9.451.200
08 Prima de navidad … … … … … … … … … .
807.344
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
403.125
11 Prima semestral … … … … … … … … … ..
388.200
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … .
330.000
B)
Gastos generales … … … … … … … … … …
696.000
17 Compra de equipo … … … … … … … … …
200.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … .. …
200.000
19 Comunicaciones y transportes … … … … …
50.000
21 Materiales y suministros … … … … … … ..
150.000
23 Arrendamientos … … … … … … … … … ..
96.000
Total Secretaría de Gobierno … … … … … …
17.286.848
SECRETARIA DE HACIENDA
A)
Servicios personales … … … … … … … …$
6.339.732
02 Sueldos personal nómina … … … … … … .
5.090.400
03 Gastos de representación … … … … … …
178.800
08 Prima de navidad … … … … … … … … …
476.454
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
228.698
11 Prima semestral … … … … … … … … … ..
219.550
12 Indemnización por vacaciones …. … … … ..
55.830
13 Reconocimiento por entrega de oficinas .. …
30.000
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … ..
60.000
B)
Gastos generales … … … … … … … … … …
2.010.000
16 Mantenimiento y aseguros … … … … … …
100.000
17 Compra de equipo … … … … … … … … ..
400.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … .
500.000
19 Comunicaciones y transporte … … … … …
50.000
20 Servicios públicos … … … … … … … … …
350.000
21 Materiales y suministros … … … … … … …
500.000
25 Pago de prima de pólizas de manejo … … ..
100.000
28 Gastos varios imprevistos … … … … … … .
10.000
C)
Transferencias … … … … … … … … … … …
12.500.732
a) Pago a Previsión Social
30 Aporte patronal Caja de Previsión Social … .
3.099.031
31 Ley 4a aporte de 1966, artículo 1° … … … …
95.000
32 Cesantías … … … … … … … … … … … …
3.228.157
b) Pago a otras entidades sector público
37 SENA … … … … … … … … … … … … …
154.476
38 ESAP … … … … … … … … … … … … … .
154.476
39 I.C.B.F … … … … … … … … … … … … …
627.192
41 Giros a Municipios y Corregimientos por participación en rentas … … … … … … … … .
4.532.400
c) Pago a particulares y organismos privados
48 Aportes a Coinco Programas Gestión Delegada (Agentes Fiscales) … … … … … … .
300.000
d) Otras transferencias
57 Aguinaldo del niño pobre … … … … … … …
150.000
58 Auxilios gente de escasos recursos … … …
50.000
65 Auxilios Radioperador Dainco .. … … … … .
60.000
67 Auditajes Fiscales … … … … … … … … …
50.000
D)
Servicio de la Deuda … … … … … … … … .
6.794.000
86 Bancos … … … … … … … … … … … … ..
994.000
87 Deudas a Coinco … … … … … … … … …
3.000.000
88 Saldo deuda vigencias expiradas
2.800.000
88-1 Ministerio de Defensa Nacional ($ 2.800.000)
Total Secretaría de hacienda … … … … … …
27.644.464
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
A)
Servicios personales … … … … … … … … ..
12.412.362
02 Sueldo personal nómina … … … … … … …
9.181.200
03 Gastos de representación … … … … … … .
178.800
06 Jornales … … … … … … … … … … … … .
864.000
08 Prima de navidad … … … … … … … … …
934.028
09 Prima técnica … … … … … … … … … … ..
105.600
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
448.334
11 Prima semestral … … … … … … … … … ..
430.400
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … .
270.000
B)
Gastos generales … … … … … … … … … …
2.910.000
16 Mantenimiento y aseguros … … … … … …
2.000.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … .
600.000
17 Compra de equipo … … … … … … … … …
150.000
19 Comunicación y transporte … .. …. … .. … .
50.000
21 Materiales y suministros … … … … … … …
100.000
28 Gastos varios imprevistos … … … … … … .
10.000
Total Secretaría de Obras Públicas … … …
15.322.362
SECRETARIA DE EDUCACION
A)
Servicios personales … … … … … … … … .
1.185.791
02 Sueldo personal nómina … … … … … … ..
817.200
03 Gastos de representación … … … … … …
178.800
08 Prima de navidad … … … … … … … … … .
90.061
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
43.230
11 Prima semestral … … … … … … … … … …
41.500
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … ..
15.000
B)
Gastos generales … … … … … … … … … ..
410.000
16 Mantenimiento y aseguros … … … … … …
50.000
17 Compra de equipo … … … … … … … … ..
100.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … .
150.000
21 Materiales y suministros … … … … … … …
100.000
28. Gastos varios imprevistos … … … … … …
10.000
C)
Transferencias … … … … … … … … … … ..
300.000
D)
Otras transferencias … … … … … … … … …
56 Auxilios Banda de Músicos … … … … … …
300.000
Total Secretaría de Educación … … … … … .
1.895.791
Total Gastos de Funcionamiento … … … … .
68.484.417
RESUMEN DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO I
A)
Servicios personales … … … … … … … … …$
40.106.685
B)
Gastos generales … … … … … … … … … …
8.123.000
C)
Transferencias … … … … … … … … … … … .
13.460.732
D)
Servicio de la Deuda … … … … … … … … …
6.794.000
68.484.417
Proy.
1
Herramientas varias
Taller mecánica Intendene … … … … … … …
200.000
2
Compra elementos planta eléctrica. Rondon. ..
100.000
3
Compra planta eléctrica la Esperanza Arauquita
100.000
Programa 339. Compra combustible para generación energía eléctrica … … … … … … … …
18.000.000
Proy.
1
Contrato Cadafe … … … … … … … … … …
10.000.000
2
Plantas Intendenciales … … … … … … … …
8.000.000
INVERSION INDIRECTA … … … … … … … … …
10.175.600
Subprograma 381. Aporte Fondo Obras Públicas
10.175.600
Proy.
1
Municipio de Arauca, conservación, mantenimiento calles … … … … … … … …
1.000.000
2
Municipio Tame, conservación, mantenimiento calles … … … … … … … …
200.000
3
Municipio Saravena, conservación, mantenimiento calle … … … … … … … … …
200.000
4
Municipio Arauquita, conservación, mantenimiento calle … … … … … … … … …
200.000
5
Conservación mantenimiento calle Rondón $ 200.000, Cravo Norte $ 200,000, Pto. Nariño, $ 100.000 … … … … … … … … … … … …
500.000
6
Construcción puente Todos los Santos, Arauca … … … … … …… … … … … … … ..
100.000
7
Construcción puente Matecaña vía Arauca, Feliciano … … … … … … … … … … … … ..
300.000
8
Construcción puente Caño Calafita, Saravena… … … … … … … … … … … … …
100.000
HACIENDA
Unidad Ejecutoria: Secretaría de Hacienda… … …
200.000
INVERSION DIRECTA
200.000
Subprograma 201. Compra certificados de Aportación “Coinco” … … … … … … … … … … …
150.000
Proy.
1
Coinco … … … … … … … … … … … … …
150.000
Subprograma 208. Organización Cooperativa … …
50.000
Prov.
1
Creación Cooperativa de Empleados Públicos y Trabajadores Oficiales Intendenciales … …
50.000
Programa III
Obras Públicas
Unidad Ejecutoria: Secretaría Obras Públicas … …
31.325.600
INVERSION DIRECTA … … … … … … .. … … …
21.150.000
Subprograma 308. Construcción arreglo obras públicas … … … … … …… … … … … … … … …
700.000
Proy
1
Reparación Palacio Intendencial… … … … …
500.000
2
Arreglo carrera 21 San Andresito-Madrevieja Arauca… … … … … …… … … … … … .. …
200.000
Subprograma 326. Colocación redes eléctricas … ..
750.000
1
Redes eléctricas en la Intendencia … … … …
600.000
2
Adquisición equipos eléctricos… … … … … ..
150.000
Subprograma 327. Reparación y mantenimiento plantas eléctricas… … … … … …… … … … … …
1.000.000
Proy.
1
Plantas y equipo eléctricos en la Intendencia .
1.000.000
Subprograma 330. Construcción, ampliación Elementos acueductos, alcantarillados … … … … ..
300.000
1
Construcción pozo séptico Palacio Intendencial… … … … … …… … … … … …
100.000
2
Construcción acueducto la Esmeralda Arauquita. … … … … … …… … … … … … ..
100.000
3
Compra elementos acueducto barrio 7 de agosto, barrio de Arauca… … … … … … … ..
100.000
9
Construcción carretera Pto. Nidia-Tame … …
100.000
10
Construcción puente la Palma, Charo Bajo, Saravena … … … … … …… … … … … … …
300.000
11
Construcción puente Caño los Chorros Arauquita… … … … … … … … … … … … …
400.000
12
Construcción Inspección San Lorenzo Arauquita … … … … … … … … … … … … ..
150.000
13
Construcción Inspección Barrancones Saravena… … … … … … … … … … … … …
150.000
14
Construcción Inspección Selvas del Lipa Arauca … … … … … … … … … … … … … ..
150.000
15
Construcción Inspección San Juan Reinera Arauca … … … … … … … … … … … … … .
100.000
16
Construcción Inspección Agua Chica Arauquita… … … … … … … … … … … … …
150.000
17
Construcción Inspección La Remera Arauquita … … … … … … … … … … … … ..
250.000
18
Construcción Inspección Pto. Nidia Tame … ..
150.000
19
Reparación obras varias cárcel del Circuito Arauca… … … … … … … … … … … … … ..
300.000
20
Construcción reparación escuelas, campos deportivos Aguas Santa, Saravena … … … …
375.000
21
Construcción reparación Colegio Villa Cecilia, Saravena… … … … … … … … … … … … ..
200.000
22
Construcción caño el Bucare vía Arauca El Cravo Norte… … … … … … … … … … … …
600.000
23
Construcción puente sobre el río Cravo vía Marrero… … … … … … … … … … … … … .
770.000
24
Construcción puente sobre el río Banadía, vía Calafita Saravena… … … … … … … … … …
500.000
25
Construcción Esc. Vereda La Palma, Isla Charo, Saravena… … … … … … … … … …
250.000
26
Const. defensa río Arauca, sobre Vereda. Charo Alto, compra de gaviones, Saravena …
700.000
27
Const. Esc. Evangélica Filadelfia Agua Santa, Saravena… … … … … … … … … … … … …
300.000
28
Construc. carreteable a la Cristalina, Tame …
300.000
29
Arreglo carreteable Matepiña, La Palmera, Arauca… … … … … … … … … … … … … ..
300.000
30
Arreglo juventudes y deportiv. La Esperanza, Arauca… … … … … … … … … … … … … ..
300.000
31
Arreglo carreteable La Brasilia, Arauquita … ..
150.000
32
Compra transformador eléctrico barrio La Esperanza, Cárcel Circuito Arauca … …. … ..
200.000
33
Compra material Esc. Pto. Narda, Lipa, Arauca… … … … … … … … … … … … … ..
100.000
34
Arreglo carreteable La Seiva Arauquita … … .
100.000
35
Arreglo carreteable Vereda Los Jardines-Palmarjto, Fortul… … … … … … … … … … .
80.000
37
Carreteable Cogollal-Reinera Arauquita … …
100.000
Programa IV
Educativo
Unidad Ejecutoria: Secretaría de Educación … … ..
352.793
INVERSION DIRECTA … … … … … … … … … …
152.793
Subprograma. 403. Fomento y deportiv. … … .. … .
152.793
Proy.
1
En el territorio Intendencial para Esc. Rurales
152.793
INVERSION INDIRECTA … … … … … … … … …
200.000
Total Presupuesto de Gastos … … … … …
100.362.810
RESUMEN PRESUPUESTO DE GASTOS
Funcionamiento
Inversión
Total
Consejo Intendencial
864.000
—o—
864.000
Despacho Intendencial
5.470.952
—o—
5.470.952
Secretaria de Gobierno
17.286.848
—o—
17.286.848
Secretaría de Hacienda
27.644.464
200.000
27.844.464
Secretaría de obras Públicas
15.322.362
31.325.600
46.647.962
Secretaría de Educación
1.895.791
352.793
2.248.584
DISPOSICIONES GENERALES
Articulo tercero. El único ordenador de gastos en la Intendencia Nacional de Arauca, será el Intendente.
Artículo cuarto. Ningún giro podrá ser pagado, no será válida sin la :refrendación ele la Auditoría Fiscal.
Artículo quinto. La partida autorizada para cada concepto incluido en el Presupuesto de Gastos deberá aplicarse exclusivamente al objeto determinado en el texto del respectivo artículo presupuestal, sin exceder del monto señalado.
Artículo sexto. Ningún funcionario Agente de la Intendencia, podrá obligarse a efectuar gastos o contraer compromisos no contemplados en el Presupuesto de Gastos respectivos o en exceso de saldos disponibles. Quienes efectúen contravenciones de esta `norma, serán personalmente responsables de las obligaciones contraídas sin perjuicios de las funciones administrativas y/o penales que les correspondan.
Artículo séptimo. La Intendencia (dependencia) que tenga dentro del Presupuesto Apropiaciones para Inversión, obligatoriamente dará prioridad a. la continuación y determinación de las obras ya iniciadas antes de emprender otras, de acuerdo con los planes y programas.
Artículo octavo. Prohíbese expresamente a la Administración Intendencial aperturas de Carta de Crédito, cuya finalidad sea efectuar pagos por anticipado o de cuyo texto se deduzca que el beneficiario pueda utilizarla sin que haya suministrado el bien, de acuerdo con el contrato o solicitud del suministro, en relación con los cuales se abrió la Carta de Crédito.
Tanto la apertura de la Carta de Crédito, como su refrendación final al banco respectivo, serán visados por el Auditor Fiscal, quien se abstendrá de hacerlo si no está legalizado el contrato o la solicitud de suministro que da origen en el primer caso, o si no se ha cumplido totalmente la obligación en el segundo caso.
Artículo noveno. Para mantener el equilibrio del Presupuesto irregular, la expedición de giros a las disponibilidades efectivas de los recursos financieros, el Gobierno intendencial con participación del Secretario de Hacienda, preparará durante los últimos cinco días de cada mes un programa de los recursos que espere recibir. Para ello tendrá en cuenta el comportamiento de las rentas e ingresos de los meses corridos en el ejercicio y la viabilidad de los recursos que espere recibir, que se hubiere incluido en el Presupuesto. Simultáneamente preparará otro programa de las obligaciones propuestas por cada una de las dependencias administrativas de acuerdo con los cronogramas y demás, o avances de información de los planes en ejercicio.
Finalmente, con base en lo anterior, se preparará un programa de las sumas que puedan girarse a cada dependencia administrativa; discriminada por el objeto del gasto.
Artículo décimo. La Administración Intendencial no podrá celebrar contratos, ni contraer obligaciones a cargo de la vigencia fiscal, sin que haya previamente constituida la respectiva reserva presupuestal, refrendada por la Auditoría. Fiscal.
Artículo decimoprimero. El monto total de los acuerdos de ordenación de gastos, tanto de funcionamiento como de inversión, que deban cubrirse por el producto de las rentas ordinarias y los recursos del balance, no podrá exceder durante los primeros seis meses del ejercicio de la mitad del Presupuesto de las referidas rentas y recursos para el respectivo ejercicio. Del mes de julio en adelante, el límite máximo de los acuerdos de ordenación de gastos globalmente considerados, será el promedio del acuerdo de las rentas e ingresos durante los meses transcurridos del año.
Parágrafo. Las limitaciones establecidas en este artículo no se aplicarán al servicio de los intereses, amortizaciones y otros gastos de deuda pública, así como para determinar los gastos de inversión que por razones especiales sean necesarios acordar por sumas superiores de lo determinado.
Artículo decimosegundo. En los artículos de ordenación de gastos y antes de destinar partidas para derogaciones que puedan ser aplazadas, deberán incluirse en su urden: la duodécima parte de los sueldos y/o gastos fijos de administración en el mes respectivo, en cuanto legalmente no se haya disminuido el costo del correspondiente servicio, la cuota correspondiente al servicio de la deuda pública, las cuotas que correspondan al pago de contratos y pedidos que hayan sido objeto de certificado de reserva expedidos por la Contraloría, las participaciones a los municipios y corregimientos.
Artículo decimotercero. Ninguna obra se podrá iniciar sin que el contrato respectivo esté perfeccionado, incluyendo pago de impuestos de timbre y derechos de publicaciones, certificados de reservas de fondos expedidos por la Auditoría Fiscal, si su cuantía lo exigiere, y el cumplimiento de las demás disposiciones vigentes relacionadas con el respectivo contrato.
Artículo decimocuarto. La Tesorería no podrá hacer ningún pago por concepto de adquisiciones o bienes, o servicios sin antes haberse cumplido los trámites legales y presentación de la cuenta debidamente autorizada y reconocida por el funcionario ordenador de gastos.
Artículo decimoquinto. Los gastos de representación del Intendente y los Secretarios se pagarán por mensualidades con los respectivos sueldos.
Artículo decimosexto. Toda erogación con cargo a gastos imprevistos que exceda a la suma de un mil pesos ($ 1.000.00) moneda legal y corriente, deberá ser autorizada por el Intendente mediante resolución motivada.
Artículo decimoséptimo. Establécese la escala de viáticos que regirá para las entidades nacionales que no tienen régimen propio, cuando el funcionario es comisionado fuera de la Intendencia, así:
Hasta:
$ 8.000.00
$
$ 800.00
diarios
De:
8.001.00
a
16.000.00
1.300.00
diarios
De:
16.001.00
a
31.000.00
1.900.00
diarios
De:
31.001.00
a
46.000.00
2.300.00
diarios’
De:
46.001.00
a
60.000.00
2.700.00
diarios
De:
60.001.00
en adelante
3.100.00
diarios
Parágrafo. Cuando la comisión fuera ordenada fuera de la sede habitual de trabajo y que implique pernoctar fuera de ella, pero dentro de los territorios de la intendencia se reconocerán viáticos diarios, así:
El Intendente devengará viáticos a razón de $ 1.200.00 diarios.
Sueldos de $ 20.000.00 a $ 35.000.00 a razón de $ 900.00 diarios.
Sueldos de $ 10.000.00 a $ 20.000.00 a razón de $ 800.00 diarios.
Sueldos de $ 10.000 a $ 700.00 diarios.
Artículo decimoctavo. Las comisiones de servicios se conferirán mediante acto administrativo en el cual se expresará el término de su duración, que no podrá exceder de veinte (20) días, sin embargo no estarán sujetos a los términos de este artículo los empleados cuyas comisiones que por su naturaleza exijan necesariamente una duración mayor a juicio del jefe del respectivo organismo.
Parágrafo. Queda terminantemente prohibida toda comisión de servicios de carácter permanente.
Artículo decimonoveno. Los Consejeros Intendenciales devengarán viáticos iguales dentro o fuera a los Intendentes cuando viajen en comisión oficial, dentro o fuera del territorio intendencial, en todo caso, las comisiones serán ordenadas por el Intendente mediante resolución previa.
Artículo vigésimo. El pago de viáticos y pago de transporte de los empleados intendenciales en comisión, sólo podrá efectuarse cuando exista resolución previa de la Intendencia, en la que ordena la comisión al lugar diferente al que el empleado ejerce normalmente sus funciones y se fija el término de las mismas y el valor de los viáticos correspondientes, de acuerdo con la escala de viáticos. El empleado deberá estar ejerciendo el cargo y presentar constancia sobre el cumplimiento de la comisión.
Parágrafo. No habrá lugar a viáticos cuando la comisión se cumpla dentro del mismo día de salida, en tal caso sólo habrá lugar a reconocimiento de gastos de transporte.
Artículo vigesimoprimero. Los choferes y los motoristas fluviales de la Intendencia, no se consideran en su comisión, dentro de su territorio, por el hecho de destinárseles a un nuevo frente de trabajo en forma permanente.
Artículo vigesimosegundo. Toda remuneración que tenga carácter de sueldo se pagará por nómina, conforme a lo determinado en la Resolución de Asignaciones Civiles, por planilla sólo se pagarán los obreros destinados a la construcción y conservación de obras públicas.
Artículo vigesimotercero. El pago de las vacaciones en dinero, sólo podrá hacerse en caso de retiro del empleado o cuando se trate de funcionarios de manejo o técnicos cuyo retiro temporal trastorne la normal prestación del servicio.
Artículo vigesimocuarto. Toda erogación con cargo al rubro “Gastos Especiales” que exceda a la suma de un mil pesos $ 1.000 00), deberá ser autorizada mediante resolución motivada y firmada por el Intendente. Cuando esta erogación pase la suma de diez mil pesos ($ 10.000.00), deberá tomar el visto bueno del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías.
Artículo vigesimoquinto. De los auxilios autorizados en este Acuerdo, no se girará su valor si no hasta cuando su inversión pueda ser controlada directamente por la Intendencia y visada las cuentas por el Auditor Fiscal, cualquiera que sea su destinación.
Artículo vigesimosexto. El Intendente a través de los Secretarios de Hacienda, informará a la Administración de Presupuesto del Departamento Administrativo de intendencias y Comisarías, acerca del estado financiero, mediante cuadros que demuestran tanto los ingresos como los egresos durante el mes anterior.
Artículo vigesimoséptimo. Las adquisiciones tanto de consuno, como devolutivos que realice el almacén dentro de la Intendencia, se efectuará conforme a las disposiciones establecidas por la Contraloría General de la República y demás normas vigentes.
Parágrafo. Toda cuenta de cobro por un valor superior a veinte mil pesos ($ 20.000), se acompañará del respectivo contrato escrito en papel sellado y debidamente estampillado con sujeción a las disposiciones legales pertinentes.
Artículo vigesimoctavo. El Intendente queda autorizado para. celebrar los contratos que sean necesarios para la correcta ejecución del Presupuesto, todo conforme a las disposiciones legales. Las negociaciones sobre empréstito público se tramitarán conforme a la ley vigente.
Artículo vigesimonoveno. Queda absolutamente prohibido dictar resoluciones de reconocimiento para legalizar obligaciones contraídas por fuera del Presupuesto o sobre el valor de las apropiaciones y girar resoluciones de autorización sin situación de fondos con el mismo objeto.
Artículo trigésimo. Queda terminantemente prohibido el pago con cargo a recursos propios del Tesoro Intendencias de servicios personales y gastos generales de entidades distintas a las de la Intendencia, salvo lo que se pacte en convenios especiales o pea dispuesto por la ley.
Articulo trigesimoprimero. En desarrollo del artículo noveno del Decreto número 1925 de 1975, las gestiones que deba cumplir el Agente Fiscal, estarán subordinadas y dependerán del Jefe de la Sección Gestión Delegada. La sede del Agente Fiscal será la ciudad de Bogotá.
Artículo trigesimosegundo. Los gastos de cada dependencia, tendrán el siguiente orden de prioridades para su giro.
Primera prioridad:
—
Servicios personales.
—
Transferencias de ley, cuota patronal, Caja de Previsión Social, SENA, ESAP, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
—
Aporte a COINCO para programa gestión delegada (Agentes Fiscales).
—
Auxilio Radio-Operador DAINCO.
—
Servicio de la deuda.
Segunda prioridad:
—
Servicios personales.
—
Transferencias de ley, cuota patronal, Caja de Previsión Social, SENA, ESAP, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
—
Aportes a COINCO para programa gestión delegada (Agentes Fiscales).
—
Auxilio Radio-Operador DAINCO.
—
Servicio de la deuda.
Tercera prioridad:
—
Demás transferencias y gastos de inversión.
—
No podrá emitirse giros, ni hacerse pagos, ni refrendarse giros, por los funcionarios competentes cuando se hicieron en contravención a lo dispuesto en el presente artículo.
Articulo trigesimotercero. Prohíbese contracreditar y trasladarse internamente el aporte a la Caja de Previsión Social y las partidas del servicio de la deuda.
Artículo trigesimocuarto. Este Acuerdo rige a partir del día primero (1°) de enero de 1982.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Arauca a los dieciocho (18) días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y uno (1981).
El Presidente Consejo Intendencial,
Alfonso Medina Delgado.
El Secretario Consejo Intendencial,
Hernando Lee Cifuentes».
Sancionado a los veintitrés (23) días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y uno (1981).
El Intendente Nacional de Arauca,
Miguel Matus C.».
Artículo segundo. Modifícase el Acuerdo de que trata el artículo primero de este Decreto, en los siguientes términos:
«ACUERDO NÚMERO 002 DE 1981
(noviembre 18)
por el cual se fija el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos de la Intendencia Nacional de Arauca, para el período fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1982.
El Consejo Intendencial de Arauca, en uso de sus atribuciones legales y en especial de la que le confiere el artículo 9°, literal c) del Decreto 1926 de 1975,
ACUERDA:
Artículo primero. Fíjanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Intendencia Nacional de Arauca, para el período fiscal comprendido entre el primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de 1982, en la suma de ciento dos millones seiscientos sesenta y un mil novecientos noventa y un pesos ($ 102.661.992.00) moneda corriente, así:
PRIMERA PARTE
PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS
CAPITULO I
Ingresos Corrientes
$ 102.661.987
INGRESOS TRIBUTARIOS … … … … … … … …
78.176.000
A)
Impuestos Directos … … … … … … … … …
780.000
01 Registro y Anotaciones … … … … … … … .
755.000
02 Circulación y Tránsito … … … … … … … …
25.000
B)
Impuestos Indirectos … … … … … … … … .
78.396.000
05 Tabaco … … … … … … … … … … … … ..
20.000.000
06 Cervezas … … … … … … … … … … … …
29.500.000
07 Degüello ganado mayor … … … … … … …
200.000
09 Cigarrillos extranjeros … … … … … … … …
1.000
10 Licores y vinos extranjeros … … … … … …
5.355.000
11 Licores y vinos nacionales … … … … … …
22.500.000
12 Impuesto de Previsión Social … … … … …
95.000
13 Otros Impuestos Indirectos … … … … … …
745.000
INGRESOS NO TRIBUTARIOS … … … … … … …
23.485.987
A)
Tasas por servicios … … … … … … … … …
10.410.001
15 Energía … … … … … … … … … … … … ..
10.400.000
19 Alquiler de maquinaria … … … … … … … ..
1
21 Alquiler avioneta … … … … … … … … … ..
10.000
C)
Rentas contractuales … … … … … … … … ..
593.001
22 Multas … … … … … … … … … … … … …
18.000
23 Reintegros … … … … … … … … … … … …
1
24 Aprovechamiento … … … … … … … … …
545.000
25 Venta de formularios … … … … … … … …
30.000
C)
Rentas contractuales … … … … … … … … ..
135.000
28 Arrendamientos … … … … … … … … … …
135.000
D)
Aportes y participaciones … … … … … … …
12.347.985
33 Cánones superficiarios de arrendamientos…
1
34 Participación regalías petrolíferas… … … …
1
35 Cuentas de estabilización de precios derivados del petróleo-electrificadora … … … ..
10.400.000
36 Participación Impuesto a las Ventas … … …
1
38 Transferencias FER … … … … … … … … .
1.947.982
CAPITUL0 II
Recursos de Capital
4
RECURSOS DEL BALANCE DEL TESORO … … ..
4
A)
Saldos vigencias expiradas … … … … … …
1
51 Superávit… … … … … … … … … … … … .
1
B)
Recursos del Crédito… … … … … … … … …
2
54 Interno… … … … … … … … … … … … …
1
55 Externo… … … … … … … … … … … … …
1
C)
Ventas de activos… … … … … … … … … …
1
Maquinarias… … … … … … … … … … … … .
1
Total Presupuesto de Rentas e Ingresos
102.661.991
SEGUNDA PARTE
PRESUPUESTO DE GASTOS
Artículo segundo. Aprópiase para atender los gastos del Gobierno Intendencial durante el período fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1982, una suma igual a la del cálculo de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Intendencia Nacional de Arauca, determinado en el artículo anterior por la suma de ciento dos millones seiscientos sesenta y un mil novecientos noventa y un pesos ($ 102.651.991.00) moneda corriente, distribuida así:
CAPITULO III
Gastos de Funcionamiento
CONSEJO INTENDENCIAL
A)
Servicios personales … … … … … … … ….$
706.400
01 Dietas … … … … … … … … … … … … …
640.000
02 Sueldos personal nómina (2½) meses … …
62.250
08 Prima de navidad … … … … … … … … … .
4.150
B)
Gastos Generales … … … … … … … … … …
160.000
17 Compra de equipo … … … … … … … … …
60.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … ..
100.000
Total Consejo Intendencial … … … … … … ..
866.400
DESPACHO INTENDENCIAL
A)
Servicios personales … … … … … … … … ..
3.933.510
02 Sueldos personal de nóminas … … … … …
2.014.800
03 Gastos de representación … … … … … … .
302.400
04 Honorarios … … … … … … … … … … … ..
1.000.000
08 Prima de navidad … … … … … … … … … .
224.500
09 Prima técnica … … … … … … … … … … ..
165.600
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
107.760
11 Prima semestral … … … … … … … … … …
103.450
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … ..
15.000
B)
Gastos generales … … … … … … … … … ..
1.477.000
16 Mantenimiento y seguros … … … … … … ..
15.000
17 Compra de equipo … … … … … … … … …
258.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … ..
744.000
19 Comunicaciones y transporte… … … … … .
30.000
21 Materiales y suministres … … … … … … …
100.000
22 Impresos y publicaciones … … … … … … ..
120.000
27 Gastos especiales … … … … … … … … …
100.000
28 Gastos varios imprevistos … … … … … … .
10.000
29 Gastos comicios electorales … … … … … ..
100.000
Total Despacho Intendencial … … … … … …
5.410.510
SECRETARIA DE GOBIERNO
A)
Servicios personales … … … … … … … … .
4.568.624
02 Sueldos personal de nómina … … … … … .
3.628.800
03 Gastos de representación … … … … … …
181.200
08 Prima de navidad … … … … … … … … …
344.509
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
165.365
11 Prima semestral … … … … … … … … … ..
158.750
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … ..
90.000
B)
Gastos generales … … … … … … … … … ..
560.000
16 Mantenimiento y seguros … … … … … … ..
50.000
17 Compra de equipos … … … … … … … … .
200.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … .
200.000
21 Materiales y suministros … … … … … … ..
100.000
23 Gastos varios e imprevistos … … … … … ..
10.000
C)
Transferencias … … … … … … … … … … ..
740.000
b) Pagos otras entidades del sector público … .
35 Pagos servicio Policía … … … … … … … ..
60.000
36 Pago servicio DAS … … … … … … … .. …
80.000
d) Otras transferencias … … … … … … … … ..
54 Raciones y traslados de presos … … … … .
170.000
55 Gastos protección indígenas … … … … … .
200.000
56 Celebración Día del Campesino … … … …
200.000
61 Celebración festividades patrias … … … … .
30.000
Sección Alcaldías, Corregimientos e Inspecciones de Policía
A)
Servicios personales … … … … … … … … ..
10.665.397
02 Sueldo personal nómina … … … … … … …
8.792.400
08 Prima de navidad … … … … … … … … … .
795.032
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
381.615
11 Prima semestral … … … … … … … … … ..
366.350
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … .
330.000
B)
Gastos generales … … … … … … … … … …
696.000
17 Compra de equipo … … … … … … … … …
200.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … .. …
200.000
19 Comunicaciones y transportes … … … … …
50.000
21 Materiales y suministros … … … … … … ..
150.000
23 Arrendamientos … … … … … … … … … ..
96.000
Total Secretaría de Gobierno … … … … … …
17.230.021
SECRETARIA DE HACIENDA
A)
Servicios personales … … … … … … … …$
6.905.380
02 Sueldos personal nómina … … … … … … .
5.509.200
03 Gastos de representación … … … … … …
181.200
08 Prima de navidad … … … … … … … … …
519.966
09 Prima técnica … … … … … … … … … … ..
60.000
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
249.584
11 Prima semestral … … … … … … … … … ..
239.600
12 Indemnización por vacaciones …. … … … ..
55.830
13 Reconocimiento por entrega de oficinas .. …
30.000
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … ..
60.000
B)
Gastos generales … … … … … … … … … …
2.010.000
16 Mantenimiento y seguros … … … … … … ..
100.000
17 Compra de equipo … … … … … … … … ..
400.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … .
500.000
19 Comunicaciones y transporte … … … … …
50.000
20 Servicios públicos … … … … … … … … …
350.000
21 Materiales y suministros … … … … … … …
500.000
25 Pago de prima de pólizas de manejo … … ..
100.000
28 Gastos varios imprevistos … … … … … … .
10.000
C)
Transferencias … … … … … … … … … … …
12.908.302
a) Pagos a Previsión Social
30 Aporte patronal Caja de Previsión Social … .
3.239.770
31 Aporte Ley 4a de 1966 artículo 1° … … … ..
95.000
32 Cesantías … … … … … … … … … … … …
3.380.295
b) Pago a otras entidades sector público
37 SENA … … … … … … … … … … … … …
155.760
38 ESAP … … … … … … … … … … … … … .
155.760
39 I.C.B.F … … … … … … … … … … … … …
602.037
41 Giros a Municipios y Corregimientos por participación en rentas … … … … … … … … .
4.669.680
c) Pago a particulares y organismos privados
48 Aportes a Coinco Programas Gestión Delegada (Agentes Fiscales) … … … … … … .
300.000
d) Otras transferencias
57 Aguinaldo del niño pobre … … … … … … …
150.000
58 Auxilios gente de escasos recursos … … …
50.000
65 Auxilios Radioperador Dainco .. … … … … .
60.000
67 Auditaje Fiscal … … … … … … … … … … .
50.000
68 Corporación Araracuara para Programa de Capacitación de las Intendencias y Comisarias
1.000.000
D)
Servicio de la Deuda … … … … … … … … .
5.894.000
86 Bancos … … … … … … … … … … … … ..
994.000
87 Deudas a Coinco … … … … … … … … …
2.000.000
88 Saldo deuda vigencias expiradas
100.000
88-1 Ministerio de Defensa Nacional … … … …
2.800.000
Total Secretaría de hacienda … … … … … …
28.717.682
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
A)
Servicios personales … … … … … … … … ..
12.372.395
02 Sueldo personal nómina … … … … … … …
9.116.400
03 Gastos de representación … … … … … … .
181.200
06 Jornales … … … … … … … … … … … … .
878.000
08 Prima de navidad … … … … … … … … …
930.954
09 Prima técnica … … … … … … … … … … ..
120.000
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
446.857
11 Prima semestral … … … … … … … … … ..
428.984
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … .
270.900
B)
Gastos generales … … … … … … … … … …
2.910.000
16 Mantenimiento y seguros … … … … … … .
2.000.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … .
150.000
17 Compra de equipo … … … … … … … … …
600.000
19 Comunicación y transporte … .. …. … .. … .
50.000
21 Materiales y suministros … … … … … … …
100.000
28 Gastos varios imprevistos … … … … … … .
10.000
Total Secretaría de Obras Públicas … … …
15.282.395
SECRETARIA DE PLANEACION Y DESARROLLO
A)
Servicios personales … … … … … … … … .
1.745.973
02 Sueldo personal nómina … … … … … … ..
1.168.800
03 Gastos de representación … … … … … …
181.200
08 Prima de navidad … … … … … … … … … .
132.921
09 Prima técnica … … … .. … .. … .. … … .. .. .
120.000
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
63.802
11 Prima semestral … … … … … … … … … …
61.250
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … ..
18.000
B)
Gastos generales … … … … … … … … … ..
350.000
16 Mantenimiento y seguros … … … … … …
50.000
17 Compra de equipo … … … … … … … … ..
100.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … .
100.000
21 Materiales y suministros … … … … … … …
100.000
Total Secretaría de Planeación y Desarrollo
2.095.973
SECRETARIA DE EDUCACION
A)
Servicios personales … … … … … … … … .
1.237.982
02 Sueldo personal nómina … … … … … … ..
859.200
03 Gastos de representación … … … … … …
181.200
08 Prima de navidad … … … … … … … … … .
94.076
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
45.156
11 Prima semestral … … … … … … … … … …
43.350
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … ..
15.000
B)
Gastos generales … … … … … … … … … ..
410.000
16 Mantenimiento y seguros … … … … … … ..
50.000
17 Compra de equipo … … … … … … … … ..
100.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … .
150.000
21 Materiales y suministros … … … … … … …
100.000
28. Gastos varios imprevistos … … … … … …
10.000
C)
Transferencias … … … … … … … … … … ..
300.000
d) Otras transferencias … … … … … … … …
56 Auxilios Banda de Músicos … … … … … …
300.000
Total Secretaría de Educación … … … … … .
1.947.992
Total Gastos de Funcionamiento … … … … .
71.550.963
RESUMEN DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO I
A)
Servicios personales … … … … … … … … …
42.135.661
B)
Gastos generales … … … … … … … … … …
8.573.000
C)
Transferencias … … … … … … … … … … … .
13.948.302
D)
Servicio de la Deuda … … … … … … … … …
6.894.000
Total … … … … … … … … … … … … … … ..
71.550.963
CAPITULO IV
Gastos de Inversión
Programa II
Hacienda
Unidad Ejecutora: Secretaría de Hacienda … … … .
200.000
INVERSION DIRECTA … … … … … … .. … … … ..
200.000
Subprograma 201. Compra certificados de aportación Coinco … … … … … … .. … … … … …
150.000
Proy.
1
Coinco … … … … … … .. … … … … … … … .
150.000
Subprograma 208. Organización Cooperativa … …
50.000
Proy.
1
Creación Cooperativa de Empleados Públicos y Trabajadores Oficiales Intendenciales … … … .
50.000
Programa III
Obras Públicas
Unidad Ejecutora: Secretaría de Obras Públicas …
30.795.920
INVERSION DIRECTA … … … … … … .. … … …
19.900.000
Subprograma 302. Conservación carreteras y calles … … … … … … .. … … … … … … … … …
150.000
Proy.
1
Arreglo Cra. 21 San Andresito-Madre-Vieja, Arauca … … … … … … … … … .. … … … … .
150.000
Subprograma 362. Colocación redes eléctricas … .
500.000
1
Redes eléctricas en la Intendencia … … … … .
500.000
Subprograma 327. Reparación y mantenimiento plantas y equipos eléctricos … … … … … .. … … …
1.000.000
Proy.
1
Plantas y equipos eléctricos en la Intendencia…
1.000.000
Subprograma 330. Construcción, ampliación acueductos y alcantarillados… … … … … .. … … …
100.000
Proy.
1
Construcción pozo séptico, Palacio Intendencial
100.000
Subprograma 337. Compra equipo talleres de mecánica… … … … … .. … … … … … … … .. … ..
150.000
Proy.
1
Compra herramientas varias Taller de Mecánica Intendencial … … … … … .. … … …
150.000
Subprograma 339. Compra, de combustible para generación de energía eléctrica… … … … … .. … ..
18.000.000
Proy.
1
Contrato Cadafe… … … … … .. … … … … … .
10.000.000
2
Plantas Intendenciales… … … … … .. … … …
8.000.000
INVERSION INDIRECTA… … … … … .. … … … …
10.895.920
Subprograma 381. Fondo Especial de Obras Públicas… … … … … .. … … … … … … … .. … …
10.895.920
Proy.
1
Ejecución de obras públicas en los municipios y corregimientos previa aprobación de Dainco (Art. 35 inciso 2° Dcto. 1926 de 1975) … … … .
10.895.920
Programa IV
Educativo
Unidad Ejecutara: Secretaría de Educación … … …
115.108
INVERSION DIRECTA… … … … … .. … … … … …
115.108
Subprograma 403. Fomento y Desarrollo Deportivo .
115.108
1
En el Territorio… … … … … .. … … .. …. … …
115.108
Total Gastos de Inversión … … … … … .. …
31.111.028
Total Presupuesto de Gastos … … … … … ..
102.661.991
RESUMEN PRESUPUESTO DE GASTOS
Funcionamiento
Inversión
Total
Consejo Intendencial… … … … … .. … … … …
866.400
866.400
Despacho Intendencial… … … … … .. … … …
5.410.510
5.410.510
Secretaría de Gobierno… … … … … .. … … …
17.230.021
17.230.021
Secretaría de Hacienda… … … … … .. … … …
28.717.682
200.000
28.917.682
Secretaria de abras Públicas… … … … … .. …
15.282.395
30.795.920
46.078.315
Secretaría de Planeación y Desarrollo … … … .
2.095.973
2.095.973
Secretaría de Educación… … … … … .. … … .
1.947.982
115.108
2.063.090
Total… … … … … .. … … … … … … … .. … ..
71.550.963
31.111.028
102.661.991
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo tercero. El único ordenador de gastos en la Intendencia Nacional de Arauca, será el Intendente.
Artículo cuarto. Ningún giro podrá ser pagado, ni será válido sin la refrendación de la Auditoría Fiscal.
Artículo quinto. La partida autorizada para cada concepto incluido en el Presupuesto de Gastos deberá aplicarse exclusivamente al objeto determinado en el texto del respectivo artículo presupuestal, sin exceder el monto señalado.
Artículo sexto. Ningún funcionario Agente de la Intendencia, podrá obligarse a efectuar gastos o contraer compromisos no contemplados en el Presupuesto de Gastos respectivas o en exceso del saldo disponible. Quienes actúen en contravenciones de esta norma, serán personalmente responsables de las obligaciones contraídas sin perjuicios de las sanciones administrativas y/o penales que les correspondan.
Artículo séptimo. La dependencia intendencial que tenga dentro del Presupuesto apropiaciones para inversión, obligatoriamente dará prioridad a la continuación y terminación de las obras ya iniciadas antes de emprender otras, de acuerdo con los ;planes y programas.
Artículo octavo. Prohíbese expresamente a la Administración Intendencial aperturas de Carta de Crédito, cuya finalidad sea efectuar pagos por anticipado o de cuyo texto se deduzca que el beneficiario pueda utilizarla sin que haya suministrado el bien, de acuerdo con el contrato o solicitud del suministro, en relación con los cuales se abrió la Carta de Crédito.
Artículo noveno. Para mantener el equilibrio del Presupuesto y regular la expedición de los giros a las disponibilidades efectivas de los recursos financieros, el Gobierno Intendencial con participación del Secretario de Hacienda, preparará durante los últimos cinco (5) días de cada mes, un programa de los recursos que espere recibir. Para ello tendrá en cuenta el comportamiento de las rentas e ingresos de los meses corridos en el ejercicio y la viabilidad de los recursos que espere recibir, que se hubieren incluido en el Presupuesto. Simultáneamente preparará otro programa de las obligaciones propuestas por cada una de las dependencias administrativas de acuerdo con los cronogramas y demás avances de información de los planes en ejecución.
Finalmente, con base en lo anterior, se preparará un programa de las sumas que puedan girarse a cada dependencia administrativa, discriminada por el objeto del gasto.
Artículo décimo. La Administración Intendencial no podrá celebrar contratos, ni contraer obligaciones a cargo de la vigencia fiscal, sin que haya previamente constituido la respectiva reserva presupuestal, refrendada por la Auditoría Fiscal.
Artículo decimoprimero. El monto total de los acuerdos de ordenación de gastos, tanto de funcionamiento corno de inversión, que deban cubrirse con el producto de las rentas ordinarias y los recursos del balance, no podrá exceder durante los primeros seis (6) meses del ejercicio de la mitad del Presupuesto de las referidas rentas y recursos para el respectivo ejercicio. Del mes de julio en adelante, el límite máximo de los acuerdos de ordenación de gastos globalmente considerados, será el promedio del recaudo de las rentas e ingresos durante los meses transcurridos del año.
Parágrafo. Las limitaciones establecidas en este artículo no se aplicarán al servicio de los intereses, amortizaciones y otras gastos de deuda pública, así como para determinar los gastos de inversión que por razones especiales sean necesarios acordar por sumas superiores de lo determinado.
Artículo decimosegundo. En los acuerdos de ordenación de gastos y antes de destinar partidas para erogaciones que puedan ser aplazadas, deberán incluirse en su arden: la duodécima parte de los sueldos y/o gastos fijos de administración en el mes respectivo, en cuanto legalmente no se haya disminuido el costo del correspondiente servicio, la cuota correspondiente al servicio de la deuda pública, las cuotas que correspondan al pago de contratos y pedidos que hayan sido objeto de certificados de rserva expedidos por la Auditoría, las participaciones a los municipios y corregimientos.
Artículo decimotercero. Ninguna obra se podrá iniciar sin que el contrato respectivo esté perfeccionado, incluyendo pago de impuesto de timbre y derechos de publicación, certificado de reserva de fondos expedido por la Auditoría Fiscal, si su cuantía lo exigiere, y el cumplimiento de las demás disposiciones vigentes relacionadas con el respectivo contrato.
Artículo decimocuarto. La Tesorería no podrá hacer ningún pago por concepto de adquisición de bienes o servicios sin antes haberse cumplido los trámites legales y presentación de la cuenta debidamente autorizada y reconocida por el Intendente.
Artículo decimoquinto. Los gastos de representación del Intendente y los Secretarios se pagarán por mensualidades con el respectivo sueldo.
Artículo decimosexto. Toda erogación con cargo a gastos varios e imprevistos que exceda a la suma de mil pesos ($ 1.000.00) moneda corriente, deberá ser autorizada por el intendente mediante Decreto motivado.
Artículo decimoséptimo. Cuando a un empleado público o trabajador oficial al servicio de la Intendencia le sea conferida una comisión oficial dentro del territorio nacional fuera de la Intendencia, se le autorizará el pago de viáticos según la siguiente escala:
Hasta:
$ 8.000.00
$
$ 800.00
diarios
De:
8.001.00
a
16.000.00
1.300.00
diarios
De:
16.001.00
a
31.000.00
1.900.00
diarios
De:
31.001.00
a
46.000.00
2.300.00
diarios
De:
46.001.00
a
60.000.00
2.700.00
diarios
De:
60.001.00
en adelante
3.100.00
diarios
Cuando la comisión fuere ordenada dentro del mismo territorio pero fuera del sitio habitual de trabajo y hubiere que pernoctar fuera de ella, se reconocerán viáticos diarios así:
El Intendente ganará viático a razón de $ 1.200.00 diarios.
Sueldos de $ 20.001.00 en adelante, $ 900.00 diarios.
Sueldos de $ 10.000.00 a $ 20.000, a razón de $ 800.00 diarios.
Sueldos de menos ole $ 10.000.00 a razón de $ 700.00 diarios.
Artículo decimoctavo. Las comisiones de servicio se conferirán mediante decreto en el cual se expresará el término de su duración, que no podrá exceder de veinte (20) días, sin embargo, no estarán sujetas a los términos de este artículo las comisiones que por su naturaleza exijan necesariamente una duración mayor a juicio del Intendente.
Parágrafo. Queda prohibida toda comisión de servicios de carácter permanente y los empleados en comisión de estudios no tendrán derecho a devengar viáticos.
Artículo decimonoveno. Los Consejeros Intendenciales ganarán viáticos iguales a los del Intendente, cuando viajen en comisión oficial dentro o fuera del territorio intendencial, en todo caso, las comisiones serán ordenadas por el Intendente mediante Decreto previo.
Artículo vigésimo. El pago ole viáticos y gastos de viaje de los empleados oficiales intendenciales en comisión, sólo podrá efectuarse cuando exista decreto previo de la Intendencia en el cual se ordene la comisión y fije el término y objeto de la misma y el valor de los viáticos correspondientes, de acuerdo con la escala de viáticos. El empleado deberá estar ejerciendo el cargo y presentar constancia sobre el cumplimiento de la comisión.
Parágrafo. No habrá lugar a viáticos cuando el desplazamiento se cumpla dentro del mismo día, en tal caso sólo habrá lugar a reconocimiento de gastos de transporte.
Artículo vigesimoprimero. La remuneración de los empleados públicos se pagará por nómina conforme a lo determinado en la resolución de asignaciones civiles y la de los trabajadores oficiales por planilla. Esta clasificación se debe hacer al tenor, del artículo 23 y siguientes del Decreto 1926 de 1975.
Parágrafo. En cumplimiento del Decreto Nacional número 2552 del 16 de septiembre de 1981, queda congelada la planta de personal de la Intendencia, lo mismo que la vinculación de trabajadores oficiales que se pagan por planilla.
La Auditoría ante la Intendencia velará por el estricto cumplimiento de este “Decreto.
Artículo vigesimosegundo. El pago de las vacaciones en linero sólo podrá hacerse en caso de retiro del empleado o cuando se trate de funcionarios de manejo o técnicos cuyo retiro temporal trastorne la normal prestación del servicio.
Artículo vigesimotercero. Toda erogación con cargo al rubro “Gastos Especiales”, que exceda la suma de mil pesos ($ 1.000.00) moneda corriente, deberá ser autorizada mediante decreto motivado. Cuando esta erogación sobrepase la suma de diez mil pesos ($ 10.000.00) moneda corriente, deberá tener el visto bueno del Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías.
Artículo vigesimocuarto. De los auxilios autorizados en este Acuerdo, no se girará su valor sino cuando su inversión pueda ser controlada directamente por la Intendencia y visadas las cuentas respectivas por el Auditor Fiscal cualquiera que sea su destinación.
Articulo vigesimoquinto. El intendente a través de la Secretaría de Hacienda deberá enviar mensualmente a la División de Presupuesto del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías, copia de la ejecución presupuestal de rentas y gastos y del Decreto de Acuerdo mensual de ordenamiento de gastos en los primeros diez (10) días del mes siguiente.
Parágrafo. También deberán enviar a esta División copia de los decretos de traslados presupuestales internos. Los informes de que trata este artículo serán indispensables para tramitar los decretos que requieren aprobación del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías.
Artículo vigesimosexto. Las adquisiciones de elementos tanto de consumo como devolutivas que realice el Almacén General de la Intendencia, se efectuarán conforme a las disposiciones establecidas por la Contraloría General de la República y demás normas vigentes.
Parágrafo. Toda cuenta de cobro por un valor superior a veinte mil pesos ($ 20.000) moneda corriente, se acompañará del respectivo contrato escrito, debidamente estampillado con sujeción a las disposiciones legales vigentes.
Artículo vigesimoséptimo. El Intendente queda autorizado para celebrar los contratos que sean necesarios para la correcta ejecución del presupuesto, todo conforme a las disposiciones legales.
Igualmente para asociarse o contratar con otras entidades del orden nacional, la construcción de obras públicas y la prestación de servicios que se hallen a cargo de la Intendencia. Las negociaciones sobre empréstito público se tramitarán conforme a la Ley 7a del 14 de enero de 1981.
Articulo vigesimoctavo. Queda absolutamente prohibido dictar decretos de reconocimiento para legalizar obligaciones contraídas por fuera del presupuesto o sobre el valor de las apropiaciones y girar relaciones de autorización sin situación de fondos con el mismo objeto.
Artículo vigesimonoveno. Queda terminantemente prohibido el pago con cargo a recursos propios del Tesoro Intendencial de servicios personales y gastos generales de entidades distintas a las de la Intendencia, salvo lo que se pacte en convenios especiales o sea dispuesto por la ley.
Artículo trigésimo. Las gestiones que deba cumplir el Agente Fiscal estarán coordinadas con el Jefe de la Sección de Gestión Delegada, la sede del Agente Fiscal será la ciudad de Bogotá.
Artículo trigésimoprimero. Los gastos de cada dependencia tendrán el siguiente orden de prioridad para su giro.
Primera:
— Servicios personales
— Transferencias de ley (cuota patronal Caja de Previsión Social, SENA, ESAP, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar).
— Aporte a Coinco para programa gestión delegada (Agentes Fiscales)
— Auxilio Radioperador Dainco
— Servicio de la deuda.
Segunda:
— Gastos generales.
Tercera:
— Demás transferencias y gastos de inversión.
No podrán emitirse ni refrendarse giros, ni hacerse pagos cuando se hicieren en contravención a lo dispuesto en el presente artículo.
Artículo trigesimosegundo. Prohíbese contracreditar las partidas correspondientes a la Caja de Previsión Social y al servicio de la deuda.
Artículo trigesimotercero. Este Acuerdo rige a partir del primero (1°) de enero de mil novecientos ochenta y dos (1982).
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Arauca a los dieciocho (18) días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y uno (1981).
El Presidente Consejo Intendencial,
Alfonso Medina Delgado.
El Secretario Consejo Intendencial,
Hernando Lee Cifuentes.
Sancionado a los veintitrés (23) días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y uno (1981).
El Intendente Nacional de Arauca,
Miguel Matus C.».
Artículo tercero. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 24 de febrero de 1982.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Eduardo Wiesner Durán.
EI Jefe del Departamento,
Gustavo Svenson Cervera.