DECRETO 927 DE 1982

Decretos 1982

DECRETO 927  DE 1982    

(marzo 31)    

     

por el  cual se aclara el   Decreto número  521 de 1982 (febrero 22) reglamentario de la   Ley 21 de 1979 que  establece unas categorías en los agentes de la Policía Nacional, crea una  bonificación y dicta otras disposiciones.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere  la   Ley 21 de 1979 y el  numeral 3° del artículo   120 de la Constitución Nacional,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1° El parágrafo 2° del artículo 11 del   Decreto número  521 de 1982 (febrero 22), quedará así:    

     

“Parágrafo 2° Los comandantes, directores y jefes de  unidades policiales deberán informar al Centro de Sistematización de Datos de  la Policía Nacional, el nombre del agente del cuerpo profesional especial que  haya sido objeto de las sanciones contempladas en el presente artículo”.    

     

Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a marzo 31 de 1982.    

     

JULIO CESAR TURBAY AYALA    

     

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Eduardo  Wiesner Durán    

     

El Ministro de Defensa Nacional,    

General Luis Carlos  Camacho Leyva          

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *