DECRETO 2735 DE 1981

Decretos 1981

                           

   

DECRETO 2735  DE 1981

(octubre 2)    

     

por el  cual se reglamenta el   Decreto 1108 de 1973.    

     

El Ministro de Gobierno de la República de Colombia,  Delegatario de funciones Presidenciales, en ejercicio de atribuciones  constitucionales y en especial de las conferidas por el   Decreto 2691 de 1981,  y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que el   Decreto ley 1101  de 1973, determina que el Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia, es un  establecimiento público encargado de la adquisición, construcción,  administración y conservación de los inmuebles destinados al servicio de la  Rama Jurisdiccional y del Ministerio Publico.    

     

Que el artículo 8° del precitado decreto establece que  forman parte del patrimonio del Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia los  inmuebles destinados al servicio de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio  Público y de la Dirección General de Prisiones.    

     

Que el mismo artículo preceptúa que “las autoridades  nacionales que tuvieren a su favor los títulos correspondientes otorgaran las  respectivas escrituras de traspaso de propiedad de los citados bienes “e  igualmente que “cuando se tratare de obras de construcción, entre la  autoridad titular de la propiedad y el Fondo se celebraran, antes del traspaso  ordenado, los acuerdos a que hubiere lugar con miras a evitar la paralización  de los trabajos en curso”.    

     

Que es necesario reglamentar el traspaso a favor del Fondo  Rotatorio del Ministerio de Justicia de los pisos y departamentos de los  edificios nacionales existentes o en consideración que estén destinados al  funcionamiento de las oficinas de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio  Publico.    

     

Que resulta necesario para la cumplida ejecución del   Decreto 1208 de 1973,  el establecer las normas reglamentarias indispensables, para que el Rondo  Rotatorio del Ministerio de Justicia pueda cumplir con las funciones a él  adscritas.    

     

Que en cumplimiento de la   Ley 47 de 1971 y con  anterioridad a la vigencia del   Decreto 1208 de 1973,  el Fondo de Inmuebles Nacionales, celebro contratos con diversas entidades para  la construcción de edificios nacionales, destinados en todo o en parte para el  funcionamiento de las oficinas de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio  Público, los cuales deben pasar al Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia  conforme al   Decreto 1208 de 1973,    

     

DECRETA:    

     

Artículo primero. Los pisos y los departamentos en que se  divide cada piso de los inmuebles existentes o en construcción destinados al  servicio de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Publico, cuyo derecho de  dominio se encuentra a favor del Fondo de Inmuebles Nacionales, serán  traspasados al Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia, Mediante escritura  pública. Los mencionados inmuebles quedaran sometidos al régimen de propiedad  horizontal, señalado en la   Ley 182 de 1948 y del   Decreto 13$5 de 1959.    

     

Artículo segundo. El Fondo rotatorio del Ministerio de  Justicia y el Fondo de Inmuebles Nacionales, celebrarán los convenios que  resulten necesarios para la ejecución de los contratos vigentes de construcción  de edificios nacionales, destinados o proyectados para el funcionamiento de las  oficinas de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Publico. La supervigilancia  técnica corresponderá al Fondo de Inmuebles Nacionales.    

     

Artículo tercero. Los acuerdos que se celebre entre el  Fondo de Inmuebles Nacionales y el Fondo rotatorio del Ministerio de Justicia  para los efectos del artículo anterior; se notificarán a los respectivos  contratistas.    

     

Articulo cuarto. Este Decreto rige a partir de la fecha de  su expedición.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogota, D. E. a 2 de octubre de 1981.    

     

JORGE MARIO EASTMAN    

     

El Ministro de Justicia, Felio Andrade Manrique. El Ministro de Hacienda y Crédito Público,  Encargado, Javier Fernández Riva. El  Ministro de Obras Publicas y Transporte, Encargado, Roberto Martínez Rubio.          

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