DECRETO 178 DE 1982

Decretos 1982

DECRETO 178  DE 1982    

(enero  22)    

     

por el  cual se dicta una disposición sobre tiempo de servicio de funcionarios de los  Centros Experimentales Pilotos para ascenso en el Escalafón Docente.    

     

     

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio ele, las facultades que 1e  comiere el numeral 12 del artículo   120 de la Constitución Política y  teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 2° del   Decreto 2277 de 1979,    

     

DECRETA:    

     

Artículo  primero. A los educadores con titulo docente nombrados en cargos  administrativos de Director de Centro, Profesional Especializado o  Universitario y de Técnico en Educación, para desempeñar funciones de  capacitación en los Centros Experimentales Pilotos del Ministerio de Educación  Nacional, se les tendrá en cuenta el tiempo de servicio en dichos cargos para  efectos de ascenso en el Escalafón Docente.    

     

Mientras  los citados funcionarios conserven su vinculación como empleados  administrativos en forma pura y simple y no por comisión, continuarán siendo de  libre nombramiento y remoción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo  66 del   Decreto  extraordinario número 2277 de 1979.    

     

Artículo  segundo. Para obtener el reconocimiento a que se refiere el artículo anterior,  los interesados deberán presentar a la Junta Seccional de Escalafón la  certificación de tiempo de servicio y funciones desempeñadas, expedida por la  Dirección del Centro Experimental y refrendada por el Delegado Regional del  Ministro de Educación Nacional.    

     

Artículo  tercero. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

     

Publíquese  y cúmplase.    

     

Dado  en Bogotá, D. E., a 22 de enero de 1982.    

     

JULIO CESAR TURBAY AYALA    

     

El  Ministro de Educación,    

Carros Albán Holguín.          

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