DECRETO 2279 DE 1982

Decretos 1982

DECRETO 2279  DE 1982    

(agosto  2)    

     

por el cual se  establece el valor de una comisión para la Corporación Financiera del  Transporte S. A.    

     

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y, legales, y en especial de las conferidas por la   Ley 15 de 1959,    

     

DECRETA:    

     

Artículo  1° A partir de la vigencia del presente Decreto y para el año de 1982, el  Gobierno Nacional reconocerá a la. Corporación Financiera del Transporte, S.  A., por concepto de la Administración, control y pago del Subsidio al  Transporte Público Colectivo Urbano la suma de ochocientos pesos moneda  corriente ($ 800.00) mensuales por cada vehículo inscrito en el programa de  subsidio, que se considerara incluida en cada partida, global, diseñada a  cubrir tal prestación.    

     

Artículo  2° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición y modifica todas las  disposiciones que le sean contrarias.    

     

Comuníquese  y cúmplase.    

     

Dado  en Bogotá, D. E., a 2 de agosto de 1982.    

     

JULIO CESAR TURBAY AYALA    

     

Ministro  de Hacienda y Crédito Público,    

Eduardo  Wiesner Darán.    

     

El  Ministro de Desarrollo Económico,    

Gabriel  Melo Guevara.    

I    

El  Ministro de Obras Públicas y Transporte,    

Enrique  Vargas Ramírez.          

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