DECRETO 3556 DE 1983

Decretos 1983

DECRETO 3556  DE 1983

(diciembre 30)    

     

por el  cual se establece una nota a la posición 84.30.01.00 del Arancel de Aduanas.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  las facultades que le confieren los artículos 120 ordinal 2,2 y 205 de la  Constitución Nacional, en desarrollo de lo previsto en la   Ley 6a de 1971 y oído  el concepto del Consejo Nacional de Política Aduanera,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1° Establécese la siguiente nota a la posición  84.30.01.00 del Arancel de Aduanas:    

     

“Fíjase en 44% el gravamen ad valorem a la maquinaria  para la industria panadera, clasificable por la posición 84.30.01.00 del  Arancel de Aduanas”.    

     

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha  de su expedición.    

     

Publíquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 30 de diciembre de 1983,    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Edgar  Gutiérrez Castro.          

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