DECRETO 1655 DE 1982
(julio 2)
por el cual se aprueba el Acuerdo número 002 del 1° de junio de 1982 emanado del Consejo, Superior de la Unidad Universitaria del Sur de Bogotá.
El-Presidente de la. República de Colombia, en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 002 del 19 de junio de 1982, emanado del Consejo Superior de la Unidad Universitaria del Sur de Bogotá, cuyo texto es el siguiente:
«ACUERDO NÚMERO 002 DE 1982
(junio 1°)
Por el cual se establece la planta de personal mínima para, la fase inicial que requiere el funcionamiento de la Unidad Universitaria del Sur de Bogotá.
El Consejo Superior de la Unidad Universitaria del Sur de Bogotá, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley 52 de julio de 1981 fue creada la Unidad Universitaria del Sur de Bogotá;
Que mientras se adopta la planta de personal definitiva para poder atender el funcionamiento de la Unidad Universitaria del Sur de Bogotá es de especial urgencia, crear los cargos a los cuales les corresponde la dirección y coordinación de las diferentes dependencias, como también algunos cargos auxiliares;
ACUERDA:
Artículo 1°. Créanse los siguientes cargos en la planta de personal de la Unidad Universitaria del Sur de Bogotá:
No. de Cargos
Denominación del cargo
Códigos
Grado
1 (uno)
Rector de la Universidad
0045
03
1 (uno)
Secretario General de la Universidad
0015
01
2 (dos)
Vicerrector de Universidad
0060
01
2 (dos)
Jefe de oficina
2045
09
3 (tres)
Jefe de Sección
2075
05
1 (uno)
Profesional Especializado
3010
08
1 (uno)
Secretario Ejecutivo
5040
13
3 (tres)
Secretario Ejecutivo
5040
11
1 (uno)
Secretario
5140
10
3 (tres)
Celador
6020
06
1 (uno)
Auxiliar de Servicios Generales
6035
03
Artículo 2. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por parte del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en .Bogotá, D. E., a 1° de junio de 1982.
(Fdo.) Carlos. Albán Holguín, Presidente.
(Fdo.) Camilo Noguera Calderón, Secretario ad hoc».
Artículo 2. El presente Decreto rige a partir de la, fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a, 2 de junio de 1982.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Eduardo Wiesner Duran.
El Ministro de Educación Nacional,
Carlos Alban Holguín.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Laura Ochoa de Ardila.