DECRETO 2065 DE 1983

Decretos 1983

DECRETO 2065 DE 1983

(julio 21)    

     

por el cual se adiciona el Decreto número  327 de 1979.    

     

Nota: Derogado por el Decreto 3078 de 1990,  artículo 4º.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las  facultades que le confiere el numeral 12 del artículo 120 de la Constitución  Política de Colombia,    

     

DECRETA:    

     

Artículo primero. Adiciónase el Decreto  número 327 del 19 de febrero de 1979, en el sentido de que los Centros  Auxiliares de Servicios Docentes CASE), además de los servicios asignados en el  artículo 3º del citado decreto, podrán asesorar y prestar la planta física, dotación  y recursos humanos para el desarrollo de programas que sobre educación Abierta  y a Distancia adelanten los establecimientos educativos del orden nacional.    

     

Parágrafo. La clase de servicio, modalidad y  condiciones será acordada por cada uno de los directores de los CASD y el  Rector de cada Centro Educativo, y se hará constar en convenio suscrito por las  partes con el visto bueno del Ministerio de Educación Nacional.    

     

Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir  de la fecha de su expedición.    

     

Publíquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D E., a 21 de julio de 1983.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Ministro de Educación Nacional,    

Jaime  Arias.          

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