DECRETO 2692 DE 1983

Decretos 1983

DECRETO 2692  DE 1983

(septiembre 21)    

     

por el cual se modifica el articulo 3° del   Decreto 2225 de 1983.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades extraordinarias que le confieren los artículos 12 y  13 de la   Ley 11 de 1983,    

     

DECRETA:    

     

Articulo 1° El artículo 3° del   Decreto 2225 de 1983  quedara así:    

     

“Articulo 3° Plan inicial de  reconstrucción y fomento. Adoptado por el Consejo Directivo, la Corporación  deberá presentar, para aprobación del Gobierno, el plan inicial de  reconstrucción y fomento de Popayán y del Departamento del Cauca, a más tardar  dentro de los sesenta (60) días siguientes a la expedición de este Decreto.    

     

Una vez presentado al Gobierno, a través del  Departamento Nacional de Planeacion, el citado plan inicial, deberá ser  aprobado dentro de los sesenta (60) días subsiguientes y devuelto, aun con  modificaciones e instrucciones, a la Corporación, para la elaboración del plan  quinquenal definitivo de desarrollo para la reconstrucción y fomento de Popayán  y del Departamento del Cauca, periodo 1983-1988.    

     

La Corporación deberá presentar  al Gobierno, a mas tardar el 15 de marzo de 1984, el plan de desarrollo  definitivo para su adopción por el Gobierno, con sujeción a lo previsto en el  articulo 16 de la   Ley 11 de 1983. Las  entidades y organismos públicos someterán sus planes y programas para ejecutar  en el Departamento del Cauca durante el quinquenio 1983-1988, al plan de  desarrollo que se adopte de acuerdo con lo previsto en este articulo”.    

     

Articulo 2° El presente Decreto rige a partir de la  fecha de su expedición.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Bogota, D. E., septiembre 21 de 1983.    

     

BELISARIO RETANCUR    

     

El Ministro de Gobierno,    

Alfonso Gómez Gómez.    

     

El Ministro de Hacienda y Crédito Público (E.),    

Florángela Gomez de Arango.    

     

El Jefe del Departamento Administrativo de la  Presidencia de la República,    

Alfonso Ospina Ospina.    

     

El Jefe del Departamento de Planeación,    

Jorge  Ospina Sardi.          

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *