DECRETO 2846 DE 1981

Decretos 1981

                           

   

DECRETO 2846  DE 1981

(octubre 9)    

     

por el  cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus  facultades legales,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 7 de mayo de 1981  del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:    

     

«ACUERDO NÚMERO 7 DE 1981

(mayo 14)    

     

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus  atribuciones, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

a) Que en virtud del   Decreto 2078 de 1940  y de las disposiciones que lo adicionan y lo reforman, el Gobierno y la  Federación celebraron el 11 de diciembre de 1940, un contrato sobre manejo del  Fondo Nacional del Café e intervención en los mercados cafeteros, para el desarrollo  del Convenio Interamericano sobre cuotas de exportación, contrato que ha sido  adicionado y complementado por otros posteriores, y de manera especial por el  de diciembre 20 de 1978 sobre prestación de servicios y administración y manejo  del Fondo Nacional del Café, celebrado entre las mismas partes con el objeto de  solucionar de acuerdo con la experiencia obtenida en el desarrollo del mismo,  aquellos puntos que no se habían podido prever originalmente a fin de darle  desarrollo y cumplimiento a normas legales y a disposiciones de los Congresos  Cafeteros;    

     

b) Que la Federación Nacional de Cafeteros, con recursos  del Fondo Nacional del Café, es accionista de la Flota Mercante Grancolombiana  S.A. la cual fue creada para atender el transporte marítimo de sus productos de  exportación e importación desde y hacia Colombia;    

     

c) Que los recientes desarrollos del transporte marítimo  han acentuado notoriamente el manejo de productos al granel en el país y que  para atender a él la Flota Mercante Grancolombiana promovió la creación de una  empresa especializada denominada Granelco S. A.;    

     

d) Que Granelco S. A. fue constituida mediante Escritura  Pública número 9424 Notaría 5ª de  Bogotá, diciembre 12 de 1980 y reformada por Escritura Pública número 2568  Notaría 5ª de Bogotá, abril 28 de  1981, con un capital autorizado de $ 20.000.000 y suscrito y pagado de $  10.000.000 en proporciones del 51% por la citada Flota y del 49% por el Grupo  Naviero Klavenes y otros;    

     

e) Que la Flota Mercante Grancolombiana S. A. ha ofrecido  a la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia acciones de Granelco S. A.  por un total de $ 4.590.000 y que en la presente sesión el señor Ministro de  Hacienda y Crédito Público encargado, ha expresado su concepto favorable a su  adquisición con cargo al Presupuesto del Fondo Nacional del Café para la  presente Vigencia, Capítulo de Inversiones,    

     

ACUERDA:    

     

Artículo primero. Autorizar a la Federación Nacional de  Cafeteros para que con recursos tomados del Fondo Nacional del Café y para éste  adquiera acciones de Granelco S. A. por valor de $ 4.590.000.    

     

Artículo segundo. Someter el presente Acuerdo, por  conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del  señor Presidente de la República.    

     

Aprobado en Bogotá, D. E., a los catorce (14) días del mes  de mayo de mil novecientos ochenta y uno (1981).    

     

El Presidente,    

Carlos  Ospina Delgado    

     

El Secretario,    

José  Fernando Jaramillo H.»    

     

Artículo 2° Este Decreto rige desde la fecha de su  expedición.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a octubre 9 de 1981.    

     

JULIO CESAR TURBAY AYALA    

     

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,    

Javier  Fernández Riva          

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