DECRETO 406 DE 1981
(febrero18)
por el cual se fijan partidas de vestuario para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 120, numeral 3° de la Constitución Nacional,
DECRETA:
Artículo 1° De conformidad con lo ordenado en el artículo 90 del Decreto 612 de 1977, a partir del 1° de enero de 1981 y hasta nueva disposición del Gobierno, las partidas anuanuales para el retiro de prendas por parte de los oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, serán las siguientes:
Oficiales Generales y de Insignia
$ 10.140.00
Oficiales Superiores
9.100.00
Oficiales Subalternos
8.320.00
Suboficiales en los grados de Sargento Mayor, Sargento Primero y Sargento Viceprimero y sus equivalentes en la Armada y la Fuerza Aérea
7.410.00
Suboficiales de las demás jerarquías
6.500.00
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 18 de febrero de 1981.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Eduardo Wiesner Durán
El Ministro de Defensa Nacional,
General, Luis Carlos Camacho Leyva