DECRETO 1055 DE 1982
(abril 15)
por el cual se dictan unas disposiciones en el Servicio Exterior de la República.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales,
DECRETA:
Artículo 1° Suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de El Líbano, el cargo de Ministro Consejero, Grado Ocupacional 5 EX, Encargado de Funciones Consulares en Beirut.
Artículo 2° Créase en la Embajada de Colombia ante el Reino de Bélgica, el cargo de Ministro Consejero, Grado Ocupacional 5 EX y nómbrase para desempeñarlo al señor D. Jorge Sánchez Mallarino.
Artículo 3° Adscríbense las funciones consulares de Colombia en Beirut, al cargo de Consejero, Grado Ocupacional 4 EX de la Embajada de Colombia ante el Gobierno de El Líbano.
Artículo 4° Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con lo establecido en el Decreto número 142 de 1935.
Artículo 4° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 15 de abril de 1982.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Carlos Lemos Simmonds.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Eduardo Wiesner Durán.