DECRETO 2376 DE 1983

Decretos 1983

DECRETO 2376  DE 1983

(agosto 18)    

     

por el  cual se prorroga el término concedido al Comité Consultivo para asuntos  relativos al ejercicio profesional de Comunicadores, Locutores y Periodistas.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus  atribuciones y en particular de la que le confiere el artículo 1° del   Decreto 1050 de 1968,  y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que mediante   Decreto 810 de 1983,  se creó el Comité Consultivo del Gobierno para asuntos relativos al ejercicio  profesional de comunicadores, locutores y periodistas;    

     

Que a dicho Comité le fue otorgado un término de noventa  (90) días, que vencerá el próximo 23 de los corrientes, para la presentación de  sus conclusiones al Gobierno;    

     

Que el Comité ha solicitado prórroga del citado término,  petición que se considera razonable,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1° Prorrógase hasta el día 4 de octubre de 1983,  el término para que el Comité a que se refiere este Decreto presente sus  conclusiones al Gobierno Nacional.    

     

Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 18 de agosto de 1983.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,    

Guillermo  Alberto González Mosquera.    

     

El Ministro de Educación Nacional,    

Rodrigo  Escobar Navia.    

     

El Ministro de Comunicaciones,    

Bernardo  Ramírez Rodríguez.          

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