DECRETO 1739 DE 1983

Decretos 1983

DECRETO 1739  DE 1983

(junio 21)    

     

por el  cual se dictan normas sobre tarifas arancelarias únicas.    

     

El Presidente de al República de Colombia, en ejercicio de  las facultades que le confieren los artículos   120, ordinal 22, y   205 de la Constitución Nacional,  en desarrollo de lo previsto en la   Ley 6ª de 1971 y oído  el concepto del Consejo Nacional de Política Aduanera,    

     

DECRETA:    

     

Artículo  1° También se consideran regiones que con respecto al desarrollo general del  país registran evidente retraso, para efectos del numeral 3° del artículo 1°  del   Decreto 3814 de 1982,  el Departamento de Santander del Norte y los Municipios de Pasto y Maicao.    

     

Artículo 2° El presente Decreto modifica, en lo  pertinente, el   Decreto 3814 de 1982,  y rige a partir de la fecha de su expedición.    

     

Publíquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 21 de junio de 1983.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Edgar  Gutiérrez Castro.          

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *