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DECRETO 1745 DE 1981
(julio 6)
por el cual se efectúan unos traslados en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1981 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Educación Nacional) por $16.750.000.00.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que en el Presupuesto de Funcionamiento de los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y Educación Nacional, por Medio de Resoluciones números 01378 de febrero 27 de 1981 y 2395 de marzo 9 de 1981, declararon sobrante la suma de dieciséis millones setecientos cincuenta mil pesos ($16.750.000.00) moneda corriente, con el objeto de que sea trasladada para incrementar algunas apropiaciones de sus mismos presupuestos que resultaron insuficientes;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto ley, 294 de 1973, orgánico de presupuesto y la Resolución orgánica número 07495 de 1979, proveniente de la Contraloría General de la República, los Auditores Generales ante los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y Educación Nacional, expidieron los certificados de disponibilidad números 006 de junio 24 de 1981 por valor de 12.500.000 y 4 de junio 24 de 1981 por valor de $ 4.250.000 respectivamente, los cuales fueron refrendados por el Contralor General de la República, según lo expresado en el artículo1. de la Resolución, orgánica, número 03299 de julio 2 de 1980, emanada de la Contraloría General de la República, para amparar los traslados presupuestales de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios,
DECRETA:
Artículo 1°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1981:
Contracréditos.
PRESUPUESTO dE FUNCIONAMIENTO
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
CAPITULO 3
Dirección General de Aduanas.
Gastos generales.
12,35 12. Artículo 1417. Compra de equipo
$ 4.000.000
Transferencias.
316 06 21. Articulo 1444. Escuela de Capacitación Aduanera
1.000.000
CAPITULO 7
Dirección General de Servicios Administrativos.
Servicios personales.
112 18 11. Articulo 1415. Remuneración Servicios Técnicos
7.500.000
Ministerio de Educación Nacional.
CAPITULO 3
Dirección General de Administración e Inspección.
Transferencias.
313 80 21. Articulo 2647. Gastos de funcionamiento Planteles Educación Media Nacional, en zonas fronterizas
4.250.000
Suman los contracréditos
$ 16.750.000
Créditos.
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
CAPITULO 3
Dirección General de Aduanas.
Servicios-personales.
112 6 11. Artículo 1404. Sueldos del personal Supernumerario
$ 4.000.000
Transferencias.
316 66 22. Artículo 1434. Capacitación de personas
1.000.000
CAPITULO 7
Dirección General de Servicios Administrativos.
Servicios personales.
112 6 11. Artículo 1404. Sueldos del personal supernumerario
7.500.000
Ministerio de Educación Nacional.
CAPITULO 5
Dirección General de Servicios Administrativos.
Gastos generales.
311 36 12. Artículo 2569. Materiales y suministros
1.250.000
311 38 12. Artículo 2571. Mantenimiento y aseguros
1.250.000
311 41 12. Artículo 2574. Arrendamientos
1.750.000
Suman los créditos
$ 16.750.000
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de Ia fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D E., a 6 de julio de 1981.
JULIO CESAR TURBAY AYALA ‘
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Eduardo Wiesner Durán