DECRETO 2466 DE 1982

Decretos 1982

DECRETO 2466  DE 1982    

(agosto 25)    

     

por el  cual se promulga un Tratado Internacional.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus  facultades constitucionales, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que la-Ley 7ª  del 30 de noviembre de 1944 en su artículo 2° ordena la promulgación de los  Tratados y Convenios Internacionales tan pronto como sea perfeccionado el  vínculo internacional que ligue a Colombia;    

     

Que el 30 de julio de 1981 se suscribió en Bogotá el  “Acuerdo de Pesca entre la República de Colombia y Jamaica”,  instrumento internacional que fue aprobado mediante la   Ley 24 de enero  29 de 1982, publicado en el Diario  Oficial número 35949 de febrero 19 de 1982 y que entró en vigor para Colombia  desde el 6 de agosto de 1982 fecha del canje de los instrumentos de  ratificación;    

     

Que de conformidad con el literal d) del artículo 44 del   Decreto ley 2017  de 1968, “Orgánico del Ministerio de Relaciones Exteriores”, no  es necesario reproducir en el Decreto de Promulgación de un Tratado o Convenio  Internacional el texto íntegro del mismo, si ya ha sido publicado en el Diario Oficial como parte de la ley  aprobatoria,    

     

DECRETA:    

     

Artículo primero. Declárase vigente para Colombia desde el  6 de agosto de 1982 el “Acuerdo de Pesca entre la República de Colombia y  Jamaica”, suscrito en Bogotá el 31 de julio de 1981.    

     

Artículo segundo. Este Decreto rige a partir de la fecha  de su expedición.    

     

Comuníquese y publíquese.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 25 de agosto de 1982.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Ministro de Relaciones Exteriores,    

Rodrigo  Lloreda Caicedo.          

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